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Proyecto pretende revivir minería a cielo abierto

Proyecto del PLN, uno de los que se impulsarían para recuperar Crucitas, derogaría artículo del Código Minero que prohíbe la minería a cielo abierto.

La discusión entre diputados y el gobierno sobre cómo plantear una reforma legal para explotar el oro en Crucitas, en Cutris de San Carlos, parte de un proyecto de ley que reactivaría la minería a cielo abierto en forma general en Costa Rica.

Se trata del proyecto “Ley para el Desarrollo Social mediante la Regulación de la Actividad Minera Metálica”, que se tramita bajo el expediente 21.584. Presentado en 2019 por la entonces diputada liberacionista María José Corrales, el plan derogaría el artículo 8 bis del Código de Minería, el cual prohibió desde el 2011 los permisos y concesiones para la exploración y explotación de la minería metálica a cielo abierto en el país.

El texto tiene, desde marzo del 2022, dictamen favorable de la Comisión de Sociales de la Asamblea Legislativa. Ese es uno de los planes que los jefes de bancadas y el gobierno se propusieron, la noche del jueves 18 de julio, evaluar para una reforma legal que permita regular Crucitas. Eso, sin detrimento de la propuesta que pueda presentar el Poder Ejecutivo, según dijo el jefe de bancada del Partido Liberación Nacional (PLN), Oscar Izquierdo.

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La otra iniciativa es el expediente 24.285, presentado en abril de este año por Fabricio Alvarado, diputado del Partido Nueva República (PNR). Este plan promueve la titularización (cobro proyectado) de los flujos futuros provenientes de las concesiones de la explotación, o de derechos de no explotación, de recursos minerales y energéticos de Costa Rica para pagar la deuda pública. Tiene dos artículos.

Pablo Sibaja, jefe de la fracción del PNR, dijo que la conclusión en la reunión en la Casa Presidencial fue que, para solucionar el daño ambiental en Crucitas, se debe formalizar la minería a cielo abierto.

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Crucitas, que se encuentra apenas a unos seis kilómetros de la frontera con Nicaragua, tiene una historia de tres décadas. La concesión fue otorgada en 1993 y en 1996 la canadiense Industrias Infinito, propiedad de Infinito Gold, adquirió los derechos de exploración de la mina. Sin embargo, el proyecto dio pasos significativos hasta el 13 de octubre del 2008, cuando el entonces presidente Óscar Arias y su ministro de Ambiente, Roberto Dobles, firmaron el decreto número 34801-Minaet, que lo declaró “de interés público” y “conveniencia nacional”.

En noviembre del 2010 la compañía perdió el derecho a extraer oro cuando un Tribunal Contencioso-Administrativo anuló la concesión. Los jueces encontraron irregularidades en los permisos para extraer oro y daño ambiental por la corta de almendros amarillos, una especie vedada. La decisión del Tribunal fue ratificada por la Sala I de la Corte Suprema de Justicia, en el 2011.

Desde entonces, el oro es extraído ilegalmente por coligalleros, tanto nicaragüenses como costarricenses, que lo venden a ticos quienes los esperan en un sector conocido como “los contenedores”, reveló un reportaje de La Nación publicado en agosto del 2023. La zona es altamente contaminada por el mercurio que usan para extraer el oro de forma artesanal. El metal se filtra en el suelo, contaminando las aguas subterráneas, además de que llega a los ríos.

Minería metálica mediana, pequeña y artesanal

El texto de María José Corrales consta de 47 artículos y cinco normas transitorias. La derogatoria del 8 bis del Código de Minería se plantea en el último numeral del proyecto.

El objetivo principal del proyecto es regular la actividad minera metálica mediante parámetros, procedimientos, deberes y requisitos para promover el uso eficiente y sostenible de los minerales metálicos en el país, y aprovechar los beneficios económicos para el desarrollo social, según la redacción.

De acuerdo con la exposición de motivos, Costa Rica es un país rico en sustancias minerales que deben ser aprovechadas para promover el desarrollo socioeconómico de su población. Indica que así se constata en sectores del país como Cutris de San Carlos, Abangares de Guanacaste, Miramar y Puerto Jiménez de Puntarenas, Monte del Aguacate, entre otros.

De hecho, en diciembre del 2018, la entonces diputada Corrales aseguró que en solo un año se extrajeron de Crucitas, en forma ilegal, $196 millones en oro. Desde años atrás, se estimó que los dos cerros dentro de la propiedad de 805 hectáreas le darían a la canadiense Infinito Gold entre 800.000 y 1,2 millones onzas de oro.

Crucitas, por su riqueza en oro, no escapa a la criminalidad y a los accidentes. El 27 de marzo falleció un minero llamado Milton Mercado, nicaragüense de 25 años, al derrumbarse un túnel. El 14 de abril, en tanto, un coligallero murió en un enfrentamiento con oficiales de la Fuerza Pública quienes alegaron que durante un patrullaje, se toparon con el hombre que los atacó con un machete.

Ese día, el ministro de Seguridad, Mario Zamora, declaró que los puntos de extracción aumentaron de 15 a más de 50, con excavaciones de más de 40 metros de profundidad. Incluso, aseguró que habían decomisado 150 tómbolas utilizadas para moler el material minero, cada una con un valor de ¢2 millones, lo que evidencia cuán millonario es el negocio ilegal.

Según el Ministerio de Seguridad, unos 2.000 coligalleros trabajan para organizaciones criminales que han extendido sus acciones, abarcando ahora unas 3.000 hectáreas de otros terrenos aledaños.

Los coligalleros han provocado un daño ambiental en Crucitas, en Cutris de San Carlos.

Plazo y parámetros de concesiones

Como excepción, se permitirían concesiones para la explotación superficial en mediana o pequeña minería, si se demuestra técnicamente que la explotación subterránea no es viable. Los permisos de exploración tendrían un plazo máximo de cinco años, con posibles prórrogas de hasta cuatro años.

Las concesiones tendrían un tope de 25 años, con una prórroga de 10 años, sujeto a cumplimiento de obligaciones y viabilidad ambiental. Las concesiones para minería artesanal tendrían un plazo de 15 años, prorrogable hasta por 10 años más, y otra prórroga de cinco años.

La mediana minería se define como la extracción y procesamiento de hasta 210.000 toneladas métricas por mes que sería el tope, la pequeña minería hasta 18.000 toneladas métricas mensuales, y la minería artesanal hasta 2.500 toneladas métricas por mes. La minería artesanal debe ser realizada por residentes legales o vecinos permanentes del cantón donde se ubica el yacimiento, según el texto.

Entre los requisitos para la exploración de minería artesanal, se debe declarar bajo juramento que el solicitante es vecino del cantón donde se desarrollará el proyecto. En caso de personas jurídicas, el representante legal debe declarar que el 50% del capital social pertenece a vecinos permanentes de dichos distritos.

El concesionario tendría obligaciones como nombrar un regente ambiental inscrito en la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (Setena), establecer un plan de manejo de residuos aprobado por este órgano y monitoreado por la Comisión Mixta de Monitoreo y Control Ambiental (Comima).

Comima sería entidad adscrita a la Setena para seguimiento y fiscalización ambiental, y se crearía en todo cantón donde se desarrolle la actividad minera.

Porcentaje de empleo para las comunidades

Además, el concesionario debe otorgar al menos dos tercios de los puestos de trabajo a vecinos permanentes del cantón donde se ubica la mina. Si no se cumple este requisito, se debe demostrar que se hicieron avisos de oferta laboral dentro del cantón.

Los titulares de permisos de exploración y concesionarios de explotación y beneficio deberán pagar un canon anual de superficie según las siguientes tarifas:

  • Permisos de exploración: Medio salario base por hectárea.
  • Concesiones de explotación: Minería artesanal: Un tercio de salario base por hectárea. Pequeña minería: Medio salario base por hectárea. Mediana minería: Tres salarios base por hectárea.
  • Concesiones de beneficio de minerales: Tres salarios base por hectárea.

Además, se establece una tarifa del 8% sobre la extracción de metal procesado realizada por los concesionarios.

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