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Atención jubilados: el Gobierno eliminó un impuesto clave que dejarán de pagar en agosto, ¿cómo tramitarlo?

Atención jubilados: el Gobierno eliminó un impuesto clave que dejarán de pagar en agosto, ¿cómo tramitarlo?

Un grupo de adultos mayores contará con una nueva exención impositiva con solo completar este formulario.

El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) confirmó un nuevo beneficio que alcanzará a miles de jubilados y pensionados. Se trata de la eliminación del pago de un impuesto clave, ¿a quiénes beneficia y cómo acceder? 

Con el objetivo de reforzar sus ingresos, la legisladora Graciela Ocaña impulsó un nuevo proyecto a través del cual los adultos mayores contarán con una exención del tributo de Alambrado, Barrida y Limpieza (ABL).

Nuevo beneficio para jubilados y pensionados: cómo acceder

Los jubilados y pensionados que cobren menos de 15 Salarios Mínimos Vitales y Móviles dejarán de abonar el impuesto del ABL, lo que significará una mejora del 21% de sus haberes. 

Para poder acceder deberán cumplir con los siguientes requisitos: 

  • Tendrán que ocupar efectivamente el inmueble
  • No podrán ser titulares de otros inmuebles
  • Deben percibir un haber igual o menor al doble del salario mínimo, vital y móvil, o a dos veces y media de la jubilación mínima, lo que resulte mayor
  • Deben ser propietarios, condóminos o beneficiarios del derecho de uso de un único bien inmueble destinado a vivienda propia
  • La valuación del inmueble no debe exceder el importe que establezca la Ley Tarifaria

¿Cómo dejar de pagar el ABL si soy jubilado o pensionado?

Los solicitantes deberán ingresar a la web de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) y seleccionar la opción "Solicitud de Exención Jubilados y Pensionados". 

Allí, deberán completar el formulario con sus datos personales, entre ellos: el número de partida inmobiliaria; la ubicación del inmueble; la copia del DNI, del recibo de haber jubilatorio o pensión y del título de propiedad; el formulario de solicitud de exención.

¿Cuáles son los documentos que deberán presentar para el trámite? 

  • Copia del último recibo de haber jubilatorio o pensión;
  • Título de la propiedad, ya sea escritura traslativa de dominio del inmueble o declaratoria de herederos cuando corresponda;
  • Si es inquilino deberá presentar el contrato de locación vigente;
  • DNI del beneficiario;
  • Último comprobante de pago del impuesto;
  • Formulario "Solicitud de Exención Jubilados y/o Pensionados" del sitio web.
  • Una escritura de usufructo en caso de requerirlo.

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