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Nuevo BONO de atracción docente con MONTO de 18.000 soles: lista de beneficiarios y cómo cobrar vía Minedu

El día jueves 25 de julio, el Ministerio de Educación anunció que 24.135 docentes recibirán un bono de atracción de 18.000 soles como reconocimiento por haber ingresado a la Carrera Pública Magisterial en el tercio superior del último concurso de nombramiento.

Para este 2024, cifra de maestros que recibirán este bono supera de manera significativa a la de años anteriores. Cabe mencionar que el bono de atracción es un incentivo económico que se entrega en tres armadas de S/6000 durante los tres primeros años de servicio del docente en la Carrera Pública Magisterial.

Un docente recibe el bono de atracción por única vez. Foto: Minedu

Lista de beneficiarios del bono de atracción

Si deseas revisar la lista de los más de 24.000 beneficiarios del bono de atracción puedes dar click a este ENLACE. También puedes revisar la Norma Técnica que aprueba el pago del Bono de atracción.

Los 5 departamentos que presentan mayor proporción de docentes beneficiarios del bono son Arequipa, Tacna, Ica, Moquegua y Lima Metropolitana. En estas regiones, aproximadamente uno de cada dos docentes que ingresó a la Carrera Pública Magisterial (CPM), logró posicionarse en el tercio superior del orden final de méritos (puntaje de la Prueba Nacional), a nivel nacional.

A nivel nacional, un 40.8% de los docentes que ingresaron a la Carrera Pública Magisterial y que obtuvieron el beneficio del bono, enseñan en el nivel de inicial de educación básica regular, un 38.5% enseña en el nivel de secundaria, un 18.5% en el nivel de primaria y 2.2% en educación básica alternativa o educación básica especial.

Asimismo, el 60.6% de los docentes beneficiarios del bono enseñan en instituciones educativas urbanas y el 39.4% en instituciones educativas rurales. También se sabe que el 18.5% de los beneficiaros del bono son menores de 30 años y el 50.4% es menor de 41 años.

¿Cuál es el procedimiento para la entrega del bono de atracción?

  • Identificación de beneficiarios: docentes que ocuparon el tercio superior en el orden final de méritos del concurso de nombramiento del 2022, que cuentan con resolución de nombramiento y plaza adjudicada.
  • Publicación de beneficiarios en el portal institucional de las evaluaciones docentes del Ministerio de Educación.
  • Verificación del cumplimiento de las condiciones para continuar percibiendo el pago del Bono a cargo de las UGEL, quienes remiten la información al Minedu en un plazo máximo de diez días hábiles contados desde el 15 de setiembre de cada año correspondiente (inicia en el año 2024).
  • Implementación del pago y otorgamiento del Bono como máximo a los treinta (30) días calendario siguientes de haber recibido la transferencia económica, contados a partir del año 2024.

¿Los docentes pueden perder el derecho a recibir el bono?

De acuerdo a la información expuesta por el Minedu, el beneficiario pierde el derecho al otorgamiento del bono si se presenta una o más de las siguientes situaciones:

  • Dejar sin efecto el nombramiento.
  • Declarar nulidad de nombramiento.
  • Renuncia.
  • Cese.
  • Fallecimiento.
  • Inhabilitación para la función pública.
  • Cumplir sanción administrativa disciplinaria de suspensión, cese temporal o destitución del servicio, con carácter de cosa decidida.
  • Sentencia consentida o ejecutoriada condenatoria por los delitos consignados en la Ley N° 29988 y por cualquier otro delito doloso.

¿Qué más se sabe del bono de atracción?

  • El Bono de atracción es un beneficio que se otorga por única vez.
  • El orden final de méritos consiste en el resultado de la Prueba Nacional del concurso público de ingreso a la Carrera Pública Magisterial en instituciones educativas públicas de la educación básica.
  • El tercio superior en el orden final de méritos será determinado entre todos los docentes a nivel nacional que resultaron ganadores del concurso público de ingreso a la CPM y que se les haya adjudicado la plaza correspondiente, sin hacer distinción respecto a la modalidad, forma y/o nivel educativo al que se inscribieron.
  • El tercio superior se determinará tomando en cuenta el orden final de méritos a nivel nacional, el cual se basa en el resultado de la Prueba Nacional del concurso público de ingreso a la CPM en instituciones educativas públicas de la educación básica.

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