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TSE estudiará resolución de magistrados sobre ‘ley jaguar’

Análisis también incluirá el informe que rinda el departamento de Servicios Técnicos de la Asamblea Legislativa.

Luego de la resolución de la Sala IV que declaró inconstitucional cuatro artículos de la “ley jaguar”, el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) informó de que estudiará la resolución de los magistados y el informe de Servicios Técnicos de la Asamblea Legislativa antes de pronunciarse.

El TSE consultó a la Sala cuatro de los nueve artículos del proyecto, después de que dos ciudadanos, Alberto Cabezas y Édgar Espinoza, presentaron dos solicitudes de recolección de firmas para someter a referéndum el proyecto del gobierno de Rodrigo Chaves.

Este lunes 29 de julio, la Sala IV informó que todos los artículos consultados, los números 2, 3, 4 y 5, tienen vicios de inconstitucionalidad porque reducirían las herramientas que tiene la Contraloría para ejercer su función constitucional de control de la Hacienda Pública.

Esta es la primera consulta facultativa que el TSE envía a la Sala IV para verificar la constitucionalidad de un proyecto que se quiere llevar a referéndum, ya que en anteriores procesos no estaba legalmente facultado para hacerlo.

Una reforma legal, aprobada en el año 2021, legitimó al TSE para plantear consultas al Tribunal Constitucional. Se trata de la Ley para Incorporar la Consulta Previa y Facultativa de Constitucionalidad en los Procesos de Referéndum.

No obstante, el Tribunal omitió consultar a la Sala IV la constitucionalidad de otro artículo de la “ley jaguar” que permitiría contratar obras públicas a dedo, de acuerdo con el criterio de la Contraloría. Se trata del artículo 8, el cual modificaría el artículo 67 de la Ley de Contratación Pública (LGCP).

Además de la consulta del TSE, están pendientes de admitir otras dos consultas planteadas por diputados del Liberal Progresista (PLP) y la Contraloría.

El TSE ahora espera que servicios técnicos emita su criterio.

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