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¿Cuáles son los 5 requisitos para exoneración del impuesto predial y cómo saber si me corresponde?


                                 ¿Cuáles son los 5 requisitos para exoneración del impuesto predial y cómo saber si me corresponde?

El pago de los impuestos prediales es obligatorio en cualquier municipalidad. Si eres mayor de 60 años, tendrás un beneficio exclusivo con el que podrás evitar sanciones.

Como parte de las campañas de diferentes municipalidades del país, muchas hacen énfasis en el pago del impuesto predial. Estas campañas van desde el perdón de una fracción de la deuda hasta la división del pago total en cuotas mensuales. A pesar de ser obligatorio para todos los vecinos, existe la posibilidad de exoneración cumpliendo una serie de requisitos. Esta medida está dirigida a los adultos mayores, ya que este grupo etario es uno de los más vulnerables y, en ocasiones, presenta un ingreso menor en comparación con otras etapas de su vida.

A continuación, te presentamos cuáles son las 5 condiciones que toda persona mayor de 60 años debe cumplir para ser exonerado del pago anual del impuesto predial. Cabe mencionar que el ciudadano o persona jurídica que no pague este impuesto está en peligro de recibir una multa tributaria, el cual podría variar dependiendo de cada jurisdicción.

¿Cómo puedo solicitar la exoneración del impuesto predial?

Los adultos mayores de 60 años tienen la posibilidad de solicitar la exoneración o descuento del impuesto predial, siempre que cumplan con cinco requisitos establecidos. Aquí te explicamos paso a paso cómo hacerlo. Para acceder al descuento o exoneración de este tributo es necesario cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Edad: ser mayor de 60 años.
  2. Contar con una sola propiedad.
  3. La propiedad debe estar a nombre de la persona que busca el beneficio o formar parte de una sociedad conyugal.
  4. Ingresos: tener un ingreso mensual que no exceda una Unidad Impositiva Tributaria (UIT), que para el año 2024 equivale a 5.150 soles.
  5. Autovalúo: el valor del autovalúo de la propiedad no debe exceder las 50 UIT, es decir, 257.500 soles. En caso de exceder este monto, solo se pagará el impuesto por la diferencia restante.

¿Cuál es el procedimiento para iniciar con el trámite de exoneración del impuesto predial?

Los trámites dentro de las comunas ediles suelen ser variables. Por ello, es recomendable que las personas interesadas se acerquen a su municipalidad con la finalidad de saber cuáles son todos los documentos necesarios para el trámite. En el caso específico de la Municipalidad de Independencia, estos son los requisitos que solicitan para dar inicio al trámite de la exoneración del impuesto predial.

  1. Carta dirigida al alcalde con la solicitud de exoneración del pago del impuesto predial: esta contiene información como: nombres, DNI, dirección, teléfono y correo electrónico.
  2. Declaración jurada de única propiedad
  3. Presentar los siguientes documentos:
    • Resolución Directoral de la AFP / ONP (jubilación / cesantía / viudez / invalidez) Dos últimas boletas de pago Presentación del Documento Nacional de Identidad – DNI
      • Soltero: Solo DNI
      • Casado: Documento Nacional de Identidad de ambos cónyuges.
      • Viudo: Documento Nacional de Identidad de cónyuge, supersite y acta de defunción del cónyuge fallecido.
    • Si es propietario: título de propiedad u otro documento que demuestre la propiedad (copia literal, Contrato de Compra – Venta, sucesión intestada, etc.)
    • Si es poseedor: constancia de posesión u otro documento que demuestre la posesión.
    • Certificado positivo de la propiedad del dueño (para bien conyugal, certificado de cada uno).
    • Certificado negativo de propiedad del dueño en caso de ser poseedor (En el caso de ser convivientes posesionarios, negativo de cada uno).

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