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¿EsSalud cubre el sepelio de cónyuge? lo que debes saber sobre los gastos funerarios si tienes seguro social de salud


                                 ¿EsSalud cubre el sepelio de cónyuge? lo que debes saber sobre los gastos funerarios si tienes seguro social de salud

Atención, afiliado. Conoce todo lo referente al apoyo que brinda EsSalud a todos sus asegurados y si sus cónyuges también son beneficiados con la cobertura por sepelio.

Como parte de sus roles para la protección de sus asegurados, el Seguro Social de Salud, más conocido como EsSalud, brinda una serie de apoyos económicos en beneficio de todos ellos. Las prestaciones económicas que brinda esta institución están dedicadas especialmente para contextos difíciles, así como el alivio en nuevas etapas de la vida de las personas. Entre las 4 prestaciones que ofrece EsSalud, destaca la del bono de prestación por sepelio.

El bono por sepelio que entrega EsSalud está ideado principalmente en beneficio de sus asegurados titulares; sin embargo, existen dudas respecto a si este seguro también aplica para los cónyuges.

¿El subsidio de EsSalud por sepelio también cubre a los cónyuges?

EsSalud establece lineamientos claros sobre los subsidios económicos que otorga a sus asegurados. En total, la entidad de salud ofrece cuatro prestaciones económicas para aquellos que cumplan con ciertos requisitos. Uno de ellos es el subsidio por sepelio, que consiste en la cobertura de hasta S/2.070 para ayudar a los familiares directos con los gastos funerarios del titular fallecido. Este beneficio puede ser solicitado por familiares directos como la cónyuge, concubino, hijos mayores de edad, padre, madre o hermano del difunto.

Es importante resaltar que esta devolución se aplica únicamente a los gastos a nombre del asegurado titular, excluyendo a los cónyuges.

EsSalud: ¿cuáles son los requisitos para solicitar el subsidio económico por sepelio?

  • El asegurado debe tener tres meses consecutivos de aportaciones o cuatro meses no consecutivos dentro de los seis meses anteriores al mes de su fallecimiento.
  • Para el asegurado agrario, se requieren tres meses consecutivos de aportaciones o cuatro no consecutivos en los últimos 12 meses antes de su fallecimiento.
  • El trabajador asegurado debe estar laboralmente activo al momento de su fallecimiento.
  • Si recibe una pensión, debe mantener su condición de pensionista al fallecer.
  • La prestación por sepelio no cubre a los afiliados al Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR).

Si soy familiar de un asegurado titular fallecido, ¿cómo puedo cobrar el subsidio por sepelio?

  • Formulario N° 1040, llenado y firmado.
  • Documento de identidad (DNI) del solicitante beneficiario.
  • Política de privacidad para el tratamiento de datos personales. La presentación es obligatoria en el primer trámite que se realice. Podrás encontrarlo en el siguiente ENLACE.
  • Comprobantes de pago originales por los gastos funerarios, indicando el nombre del asegurado fallecido y emitidos a nombre del familiar o tercero que realiza el gasto.
  • Si el gasto es asumido por un tercero, debe incluir una declaración jurada del familiar que reconoció el gasto realizado por el tercero.

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