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Así son las multas de la DGT según el límite de velocidad que superes

Abc.es 
Desde comienzo de año han aumentado un 21% los fallecidos que se desplazaban en autopista y autovía. Unos datos que tienen mucho que ver con el exceso de velocidad. La Dirección General de Tráfico ha llevado a cabo este mes de julio, entre los días 15 y 21, una nueva campaña de vigilancia y control centrada en la velocidad durante la cual, los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil establecieron 3.679 puntos de control de velocidad en los que se controlaron un total de 955.804 vehículos. Del total de vehículos controlados , 52.888 conductores (el 5,5%) fueron denunciados por circular a una velocidad superior a la permitida, un porcentaje que se mantiene estable con respecto a las últimas campañas realizadas. Si tenemos en cuenta el tipo de vía, el porcentaje de conductores denunciados es similar en carreteras convencionales y en autopistas y autovías; ambos representan el 48,4% con 25.572 y 25.604 conductores denunciados, respectivamente, lo que supone un aumento del porcentaje de conductores denunciados en vías rápidas. Además, 1.712 conductores (3,2%) fueron denunciados en travesías. Este mayor incumplimiento de los límites de velocidad en autopistas y autovías, puede tener cierta relación con el aumento de los siniestros mortales en este tipo de vías. En lo que llevamos de año han aumentado un 21% los fallecidos en autovías y autopistas. En el ámbito penal, 7 de los conductores denunciados incurrieron en un delito contra la seguridad vial y fueron puestos a disposición judicial por exceder en más de 80 km/h la velocidad permitida en la vía, tal y como se recoge en el artículo 379.1 del Código Penal. Conducir excediendo los límites de velocidad, tras el consumo de alcohol o sin cinturón de seguridad son infracciones por las que pueden multarte. Una infracción puede ser castigada con una sanción económica pero también puede suponer una pérdida de puntos en tu permiso de conducir. Así, una sanción leve supone una multa de hasta 100 euros pero sin retirada de puntos del carné- Si la sanción se considera grave el importe asciende a 200 euros, y puede llevar aparejada la retirada de puntos. Ya para las sanciones muy graves la multa supera los 500 euros y la retirada de puntos. Por la gravedad de los hechos es posible que la sanción económica llegue a ser mayor e incluso que tenga consecuencias penales. Es un delito conducir con exceso de velocidad superior a la establecida en 60 km/h en vías urbanas y en 80 km/h en vías interurbanas. En los tramos de autovías y autopistas interurbanas de acceso a las ciudades en que se hayan establecido límites inferiores a 100 km/h, los excesos de velocidad se sancionarán con la multa económica correspondiente al cuadro de sanciones. El resto de los efectos administrativos y penales sólo se producirá cuando superen los 100 km/h y en los términos establecidos para este límite. Según la DGT dos de cada tres sanciones en vías interurbana están directamente relacionadas con la velocidad excesiva que, además, es un factor de riesgo presente en casi el 20% de los accidentes con víctimas. Dependiendo de la vía y del tipo de infracción la multa la autoridad competente para multarte puede cambiar. Recuerda que para gestionar una multa, debes dirigirte siempre al organismo que te la haya impuesto.

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