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Proceso para que Fujimori reciba pensión vitalicia "no ha sido limpio", asegura exoficial mayor del Congreso

El exoficial mayor del Congreso de la República, César Delgado Guembes, se pronunció luego de que el Legislativo decidiera otorgar pensión vitalicia al expresidente Alberto Fujimori, pese a los cuestionamientos que recaen sobre el exjefe de Estado a raíz de los procesos penales que ha afrontado durante estos últimos años.

En ese sentido, Delgado Guembes indicó que el mencionado proceso "no ha sido limpio" y señaló que el segundo artículo de la Ley 26519 menciona que el beneficio de la pensión vitalicia se suspende cuando un expresidente ha tenido una denuncia constitucional. En el caso de Alberto Fujimori, no solo recibió dicha acusación, sino que fue sentenciado por delitos de lesa humanidad.

"En realidad es un lenguaje poco claro, no es que sea un acto administrativo formalmente completo, no es pleno, simplemente cita los fundamentos del informe y dice cómo proceder y se acabó, no dice más. Sin embargo, en julio ya se le abonó. Eso fue lo que mencionó el abogado del señor Fujimori, Elio Riera. Entonces, el señor ya está recibiendo la pensión y en el proceso cuando se desmantela este asunto, el señor Soto dice que no sabía nada y el señor Salhuana dice que lo que sea que se haya decidido fue en el periodo anterior, esto no me corresponde ver nada a mí. Entonces, ahí ha quedado todo, pero en realidad para mí no es muy limpio que digamos, la casa no ha quedado limpia", sostuvo en entrevista para Canal N.

Indulto no olvida la condena, señala exoficial mayor del Congreso

Recalcó que el indulto otorgado al exjefe de Estado es para terminar con el tiempo de condena que venía cumpliendo por los delitos imputados por el Ministerio Público, a diferencia de una amnistía, recurso que supone el olvido total de la pena. Además, cuando fue consultado si el referido beneficio económico para Alberto Fujimori era ilegal, consideró que sí por la manera en la que se desarrollaron los procesos.

"De acuerdo a la Ley 26519, sí. ¿Por qué? Porque de acuerdo al artículo 2 de la Ley 26519, se señala que primero se le otorgue la pensión vitalicia a los expresidentes. El segundo artículo dice que este beneficio se suspende si el expresidente recibe una acusación constitucional, cosa que ocurrió. No solamente una acusación constitucional, sino que tuvo que pasar un proceso de extradición en Chile. Una vez que se aprobó el pedido de extradición, se inició el proceso por las razones en las que podemos y no podemos estar de acuerdo, no interesa, pero la sentencia fue una sentencia condenatoria y el artículo segundo señala que la suspensión del beneficio solo pierde efectos si la sentencia del proceso judicial culmina en la absolución del expresidente, cosa que no ha ocurrido. Es condenado y ha estado en la cárcel. La gran pregunta es: ¿El indulto elimina la condena? La respuesta es que, a diferencia del indulto, la amnistía sí lo haría, porque la amnistía supone el olvido total del delito y de la condena. Pero el indulto no, el indulto lo único que hace es condonar el resto de la pena, el tiempo nada más", argumentó.

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