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Bruselas detecta daños en las empresas de países con límites más estrictos al uso de efectivo como España

Abc.es 
La entrada en vigor, el pasado 9 de julio, del nuevo reglamento europeo contra el blanqueo de capitales ha instaurado por primera vez en la Unión Europa un límite máximo común para los pagos en efectivo en transacciones comerciales, que se situará en un cuantía de 10.000 euros. La Comisión ha venido argumentando durante todo el trámite de esta norma que una de las razones para fijar esa referencia común, que no obstante no se prevé que sea plenamente operativo hasta el año 2027, es que las diferencias regulatorias entre los países miembros han erosionado lo que en la jerga comunitaria se denomina 'level playing field', es decir, el equilibrio del mercado interior europeo, socavando la igualdad de condiciones «en detrimento de las empresas ubicadas en estados con umbrales más estrictos». El mensaje concierne de forma muy especial a España , que viene endureciendo las restricciones al uso de efectivo desde hace más de una década y que en 2021 dio otra vuelta de tuerca en esta estrategia en la última ley de medidas de lucha contra el fraude fiscal rebajando de 2.500 euros a solo 1.000 euros el límite máximo que se puede abonar en metálico en las transacciones en que una de las partes sea un empresario o profesional, y de 15.000 a 10.000 euros en las operaciones realizadas por no residentes. Con el argumento de poner coto al nicho de fraude fiscal que suponen los pagos en negro, los sucesivos gobiernos han terminado configurando uno de los marcos regulatorios más estrictos de toda la Unión Europea para el uso del efectivo. Solo Grecia, que en los últimos años ha puesto patas arriba todo su marco regulatorio para obtener los recursos necesarios para sacudirse la vigilancia de los hombres de negro tras la quiebra de sus finanzas públicas en la crisis financiera, presenta un entorno más restrictivo que España para el uso en efectivo. Allí solo se permiten hacer transacciones en metálico si no superan los 500 euros y hay negociaciones para reducir ese límite a los 200 euros. En España, como en Grecia, se ha priorizado la obtención de recursos fiscales y el cerco al fraude de los pagos en 'b' sobre cualquier otro tipo de consideración a la hora de regular los límites al efectivo. Las consideraciones generales deslizadas por la Comisión Europea en el texto del reglamento aprobado el pasado 9 de julio abren sin embargo el foco a otras dimensiones, al señalar las desventajas competitivas que han tenido que soportar las empresas de los países con mayores restricciones al uso de efectivo. Los problemas de competencia detectados por Bruselas se refieren a las eventuales ventajas comerciales que pueden obtener las empresas de países que son más laxos a la hora de aceptar el efectivo como medio de pago, pero la plataforma Denaria, cuyo objetivo declarado es la defensa del uso del efectivo y la denuncia de los riesgos derivados de implantar excesivas restricciones a su utilización, ha detectado otros flancos que también podrían estar perjudicando el normal tráfico comercial en España. Pese a que los datos recabados sobre los hábitos del uso de efectivo por el Banco de España apuntan a que sigue siendo el método de pago más utilizado por los españoles y el que más se utiliza singularmente a la hora de pagar en establecimientos comerciales, una encuesta encargada por Denaria concluye que cada vez es mayor el porcentaje de ciudadanos que se encuentra con problemas para obtener dinero en metálico cuando lo necesita y que seis de cada diez reconocen que cada vez es más difícil acceder al dinero en efectivo en España , con lasa previsibles consecuencias que esto pueda tener sobre el consumo. Que el asunto es una fuente de controversia lo ratifica el hecho de que la evaluación independiente de la ley de medidas contra el fraude que exigió la Comisión Europea, en el marco de los compromisos del Reino de España para recibir los fondos europeos del Plan de Recuperación, y que llevaron a cabo el Consejo General de Colegios de Gestores Administrativos de España, la Fundación Fide y la Fundación Impuestos y Competitividad cuestionara abiertamente la proporcionalidad de los nuevos límites establecidos por la ley al uso del efectivo, en línea con lo que es la posición del Banco Central Europeo (BCE) que ya propinó un tirón de orejas a España por esta norma al considerar que este límite «tendrá efectos adversos no deseados en la condición de curso legal de los billetes en euros, reducirá significativamente la capacidad de los pagadores de utilizar billetes en euros y la libertad de los ciudadanos para escoger el medio de pago». La petición común tanto de los evaluadores independientes como de las plataformas que como Denaria defienden el uso del efectivo es que la regulación española confluya con la europea y asuma la instauración del límite común de 10.000 euros como nueva referencia también a nivel local. El reglamento europeo, sin embargo, habilita a los países para establecer límites más estrictos que esos 10.000 euros al uso en efectivo, si bien requiere un informe previo del BCE antes de llevarlo a cabo para evaluar las ventajas y las desventajas de hacerlo. Esa disposición no afecta sin embargo a España, ya que los países que ya tuvieran instaurado un límite inferior a 10.000 euros a la entrada en vigor del reglamento no están sujetos a este requisito. En la actualidad los países de la Unión Europea se reparten casi a partes iguales entre los que no cumplen el nuevo requisito instaurado por Bruselas y los que ya lo hacen (ver gráfico). U na docena de países ni siquiera establecen límites legales .

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