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El Código Civil establece que las deudas bancarias sí prescriben: ¿cuántos años deben pasar?

Las deudas no solo constituyen una carga financiera significativa, sino que también afectan emocionalmente a las personas. Por ello, es fundamental estar informado sobre lo que establece el Código Civil respecto a las deudas bancarias, especialmente en cuanto al tiempo requerido para que una deuda prescriba legalmente y deje de ser exigible judicialmente. En ese sentido, la prescripción puede brindar un alivio a quienes enfrentan esta carga financiera.

Es importante comprender los detalles y alcances de este proceso para poder gestionar de manera adecuada las deudas bancarias y conocer los derechos y obligaciones que implica. Por ello, te proporcionamos toda la información necesaria al respecto. ¡Presta atención!

Revisa qué es lo que dice el Código Civil sobre la prescripción de deudas. Foto: Composición LR/Andina

¿En cuánto tiempo prescriba una deuda bancaria en Perú?

El Código Civil peruano establece que las deudas prescriben después de 10 años. Esta normativa implica que una vez transcurrido dicho lapso, las deudas ya no podrán ser exigidas judicialmente. Es fundamental considerar esta disposición legal para prevenir posibles complicaciones en el futuro en caso de tener deudas pendientes. Asimismo, es importante recordar que el cumplimiento de las normas legales es esencial para mantener una situación financiera estable y evitar problemas legales a largo plazo.

Prescripción de deuda: ¿sucede igual dentro de la SBS?

El Código Civil establece que una deuda puede prescribir después de 10 años, lo que significa que, transcurrido ese plazo, ya no puede ser exigida judicialmente. Sin embargo, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) cuenta con regulaciones adicionales para las deudas registradas en la central de riesgos, las cuales no prescriben. En consecuencia, aunque hayan pasado los 10 años, la deuda continuará registrada en la entidad correspondiente y solo se eliminará del registro si el deudor efectúa el pago.

Prescripción en el Código Civil: ¿puede el banco embargarme por deudas bancarias?

En el contexto peruano, es crucial reconocer que las instituciones bancarias tienen la facultad de realizar embargos sobre bienes y cuentas bancarias en caso de deudas impagas. Sin embargo, este procedimiento debe seguir un proceso legal riguroso, que incluye la obtención de una orden judicial. Dicha orden se emite después de que el acreedor ha agotado todas las alternativas para recuperar la deuda sin éxito. Por lo tanto, es fundamental que se respete el debido proceso y se garanticen los derechos de ambas partes involucradas en estas situaciones financieras.

¿Cuáles son los bienes inembargables, según el Código Civil?

El Código Civil peruano establece qué bienes o patrimonios no pueden ser objetos de embargos.

  • Los bienes constituidos en patrimonio familiar: el Código Civil establece que solo las dos terceras partes pueden ser embargables.
  • No pueden ser embargadas las prendas de estricto uso personal, así como tampoco libros, ni alimentos básicos de las personas.
  • Los vehículos, maquinarias, utensilios ni herramientas indispensables que ayuden en el ejercicio directo de la presión, oficio u otro.
  • No pueden ser objetos de embargo las remuneraciones ni pensiones que excedan las cinco Unidades de Referencia Procesal.
  • Las pensiones alimentarias.
  • Los muebles de templos religiosos.
  • Los sepulcros.
  • El pago de la CTS (este solo puede ser embargo en caso de alimentos hasta el 50%).

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