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Expresidente Rafael Ángel Calderón condenado a pagar ¢23 millones al Estado

El Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda condenó al expresidente de la República, Rafael Ángel Calderón Fournier, a pagar ¢23 millones al Estado por concepto de liquidación de costas judiciales. El cobro es consecuencia de una demanda que el exmandatario perdió contra el Estado, en la cual exigió la devolución de ¢150 millones que había pagado al Ministerio de Hacienda por impuesto sobre la renta.

Calderón Fournier, gobernante entre 1990 y1994, confirmó a La Nación que, años atrás, entabló un proceso judicial para recuperar un dinero que, en su criterio, pagó de más a Tributación. Sin embargo, argumentó que no se le informó sobre un cobro relacionado con las costas del caso y que desconocía la sentencia. Además, dijo que falleció el abogado que lo representaba.

El Tribunal dictó la resolución el 7 de marzo del 2024, bajo el expediente 12-006577-1027-CA-6. La Procuraduría General de la República (PGR) actuó como representante del Estado costarricense para exigir el cobro a Calderón. El monto de ¢23 millones se desglosa en ¢19,4 millones correspondientes a las costas, más ¢2,5 millones por los intereses generados durante el período.

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La historia del caso de los impuestos de Calderón

En el 2011, el expresidente Calderón solicitó a la Dirección General de Tributación del Ministerio de Hacienda la devolución de ¢150 millones pagados por concepto de impuestos, intereses y recargos correspondientes al impuesto sobre la renta de los períodos fiscales 2003 y 2004.

Calderón argumentó que los pagos eran indebidos, porque los ingresos sobre los cuales se calculó el impuesto habían sido recalificados por un tribunal penal como provenientes de actividades ilícitas y no de honorarios profesionales.

No obstante, en septiembre del 2012, Tributación emitió la resolución SR-CCITE-DE-01-0614-12, en la que rechazó la solicitud.

Disconforme, el exmandatario presentó una gestión ante el Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, en diciembre del 2012, alegando que la resolución de Tributación era contraria a derecho, por lo que solicitó la devolución de los montos pagados con sus respectivos intereses. Además, pidió que el Estado asumiera ambas costas del juicio.

No obstante, en abril del 2015, el Tribunal declaró sin lugar la demanda interpuesta por Calderón y lo condenó al pago de las costas del proceso, así como los intereses correspondientes. Al acoger la excepción de falta de derecho alegada por la Procuraduría, los jueces determinaron que la demanda carecía de fundamento. Así lo resolvieron en la sentencia 042-2015-VII.

Solicitud de devolución de impuestos era extemporánea

Calderón presentó un recurso de casación ante la Sala Primera, argumentando que la Administración Tributaria y el Tribunal Contencioso Administrativo no habían considerado adecuadamente la suspensión del plazo de prescripción para solicitar la devolución, debido a la recalificación de sus ingresos en el proceso penal 4-005356-0042-PE.

Sin embargo, en el 2018, los magistrados rechazaron el recurso al confirmar que la solicitud de devolución de los pagos presentada en octubre del 2011 era extemporánea porque, según el artículo 43 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, el plazo para pedir la devolución de impuestos prescribe tres años después de la declaración. Dado que el pago del impuesto se realizó en marzo del 2005, el plazo de prescripción vencía en marzo del 2008.

Pago de Calderón fue voluntario, señaló la Sala I

Además, el alto tribunal consideró que la legislación citada por la defensa de Calderón, para fundamentar la suspensión del plazo de prescripción, no era válida para su caso, pues se trató de un pago realizado voluntariamente, no por una orden de Hacienda. En su fallo, la Sala estableció que las costas del proceso serían asumidas por el accionante.

Calderón Fournier fue condenado en el 2009 por el caso conocido como Caja-Fischel. En ese momento, el Tribunal Penal de Juicio de Goicoechea determinó que recibió comisiones ilegales por la aprobación de un crédito del Gobierno de Finlandia para comprar equipo destinado a la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS). Al expresidente se le acusó por dos cargos de peculado en perjuicio del Estado y la Caja.

Luego, en el 2011, la Sala III de la Corte Suprema de Justicia ratificó la condena contra el expresidente Rafael Ángel Calderón Fournier por recibir comisiones ilegales, pero lo eximió de ir a prisión al recalificar los hechos como un solo delito de peculado. La pena bajó de cinco a tres años de cárcel

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PGR exige pago de costas

Tras el fallo de la Sala Primera, que estableció que los costos debían correr por cuenta del expresidente, la Procuraduría inició el proceso para liquidar los costos del proceso.

En 2019, el ente procurador presentó al Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda la solicitud para la liquidación de las costas del proceso.

Según alegó la PGR, el proceso judicial iniciado por el expresidente no solo solicitaba la anulación de la resolución administrativa emitida por Tributación en el 2012, sino también la devolución de un monto específico de dinero correspondiente a los impuestos pagados por Calderón en 2003 y 2004. Debido a esto, la Procuraduría indicó que la pretensión contaba con un “contenido económico determinable”, relevante para calcular las costas del proceso.

Expresidente Rafael Ángel Calderón inhabilitado para cargos públicos por seis años

En una certificación emitida por la Dirección General de Tributación el 11 de diciembre de 2018, se detalló a la Procuraduría que la suma que Calderón pagó e intentó recuperar era de ¢150 millones. Basándose en esta cifra, el abogado del Estado calculó las costas, que ascendieron en ese momento a ¢19 millones. A esta cantidad se le debía sumar los intereses acumulados hasta el momento en que se concretara el pago.

En diciembre de 2019, Karen Calderón, jueza del Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda de Goicoechea, declaró con lugar la liquidación de costas presentada por la Procuraduría, fijando el monto en ¢19.476.625. El pago debía realizarse 10 días después del fallo; sin embargo, tras múltiples intentos, el Poder Judicial no logró notificar a Calderón.

No se encontraron cuentas embargables

En febrero del 2022, dado que el pago aún no se había realizado y se habían acumulado ¢1,5 millones en intereses por mora, la Procuraduría presentó una gestión para embargar las cuentas del expresidente. Esta gestión no fue exitosa, ya que no se encontraron cuentas embargables en los bancos públicos y privados.

Finalmente, en febrero de 2024, la Procuraduría solicitó de nuevo la liquidación de intereses, dando como resultado la resolución de marzo, que solicitó al exmandatario pagar ¢23 millones de costas e intereses.

Calderón argumentó a La Nación que, durante todos estos años, no ha sido notificado.

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