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Sala IV analiza posible incumplimiento de Sinac de sentencia ligada a contaminación por clorotalonil

La Sala Constitucional analiza si el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (Sinac) incumplió la orden de delimitar el área de protección de una toma de agua afectada por residuos de plaguicidas, cuyo componente activo es clorotalonil, el cual ha afectado el recurso de habitantes de Oreamuno de Cartago.

El área de prensa del tribunal constitucional indicó que se está a la espera de que el Sinac entregue informes, luego de que el Frente Frente Ecologista de Cipreses presentara una diligencia de inejecución de la resolución N° 20-021797-0007, de enero del 2021. Fue mediante esa resolución que se instruyó al Sinac demarcar el área de protección que rodean las nacientes de agua utilizadas para consumo humano en aquella región.

Según los denunciantes, el Sinac ha insistido en que a ellos no les compete la protección dictada por la Ley de Aguas, que establece 200 metros, sino la Ley Forestal, que señala 100 metros.

El caso guarda relación con un problema de salud pública que también involucra al Ministerio de Salud y al Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA). De hecho, en octubre de 2022, Salud prohibió a 8.000 habitantes de Cipreses y Santa Rosa de Oreamuno tomar agua del tubo en sus viviendas o usarla para cocinar, al confirmarse residuos de un plaguicida denominado clorotalonil.

La Nación consultó a Sinac sobre esta diligencia de incumplimiento y la entidad afirmó que no ha sido notificada.

Solicitudes por protección de agua desde 2020

La intervención de la Sala IV en el caso de Sinac se originó por un recurso de amparo presentado por las organizaciones Frente Ecologista de Cipreses y Bloque Verde, en noviembre del 2020, el cual fue declarado con lugar.

Ambas grupos denunciaron ante el tribunal constitucional la aparición de cultivos agrícolas muy cerca de nacientes que abastecen de líquido a varias comunidades de Oreamuno. Según los recurrentes, las plantaciones utilizaban agroquímicos y se habían instalado tan cerca de las fuentes de agua que se violaba el área de protección de 200 metros alrededor de estas.

Esa previsión de distancia respecto a los cultivos, adujeron, es necesaria para mantener las fuentes de agua aptas para consumo.

Contaminación por plaguicida tiene a 8.000 vecinos de Oreamuno sin usar agua del tubo

Desde entonces, las agrupaciones alertaron a la Sala IV de que al menos 2.500 familias de Oreamuno, Paraíso, Alvarado y Cervantes se abastecían de esas nacientes a cargo de la Asada de Cipreses de Cartago.

El Frente Ecologista de Cipreses acudió de nuevo a los magistrados para señalar que el Sinac ha generado un retraso excesivo en la resolución de dicha denuncia y en la protección efectiva de las nacientes desde la emisión del fallo en 2021.

“Han transcurrido más de dos años desde el dictado de la Sala Constitucional en que se ordenó llevar a cabo todas las actuaciones que estén dentro del ámbito de su competencia, para resolver de manera definitiva la denuncia interpuesta y demarcar el área de protección de 200 metros que rodea la naciente, conforme a la Ley de Aguas No. 276 y la Ley Forestal No. 7575, superando los plazos establecidos”, adujo el grupo en un comunicado

En noviembre del 2022, la Sala IV también declaró con lugar un recurso de amparo interpuesto, en setiembre de ese año, por el Frente Ecologista de Cipreses contra el AyA y Salud. En la gestión se afirmó que se detectaron trazas de clorotalonil en las aguas de comunidades como Oreamuno, Paraíso, Alvarado y Cervantes.

La resolución Nº 26065 - 2022 del tribunal constitucional le ordenó a esas entidades solucionar de manera integral y definitiva la contaminación.

Los magistrados constitucionales también determinaron en ese caso que se debía investigar si el problema en esas nacientes perjudica a otras comunidades de la zona.

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