Nada perdemos
El próximo 24 de noviembre concluye ante los comités de evaluación de los tres poderes de la Unión –Ejecutivo, Legislativo y Judicial– la fase de registro de aspirantes para la elección de los 881 cargos judiciales que se disputarán en el proceso extraordinario de 2025.
El primer problema de este proceso es que sólo el Poder Judicial de la Federación publica datos completos y cortes agregados (diarios y semanales) de las solicitudes recibidas para cada uno de los cargos judiciales que van a elección. En el caso de los otros dos poderes (el Congreso y la Presidencia), se han mencionado números vagos de solicitudes que se han ingresado a trámite en su respectiva ventanilla, es decir, a diferencia de la judicatura, no se puede saber con precisión quién ha decidido participar y para qué cargo. Esto no es sólo un problema en cuanto al cumplimiento del principio de transparencia que rige a los comités de evaluación de acuerdo con la propia reforma judicial (art. 96.II CPEUM): en realidad, los poseedores de la información tienen la ventaja de que pueden determinar la demanda de participación, sobre todo en los días finales de la etapa que define el universo de elegibles. Efectivamente, sólo muy pocos saben en qué cargos, circuitos y especialidades hay mayor o menor demanda o, incluso, en cuáles no existen postulantes aún inscritos. En pocas palabras, pueden determinar la competencia o la no-competencia en la opacidad del proceso de registro.
Y los números francamente no pintan bien. Al cierre de las 17 horas del 20 de noviembre, el sistema del Poder Judicial arrojaba 378 registros de personas inscritas, de los cuales únicamente hay 15 aspirantes a ministros (4 mujeres y 11 hombres) y 11 al Tribunal de Disciplina Judicial. El último dato revelado por el Poder Legislativo no superaba los 3 mil solicitantes. En la mañanera del 20 de noviembre, el Poder Ejecutivo reportó “mil participantes”.
La realidad –especulativa, no diagnóstica– que el órgano reformador tomó como punto de partida es que el sistema tendría que procesar tal intensidad de demanda –derivada en parte de la trivialización de los requisitos de acceso al cargo–, que resultaba necesario establecer una combinación de incentivos (pase directo versus retiro voluntario), discreción (evaluación subjetiva desde conceptos indeterminados como la “fama pública”), azar (insaculación por tómbola) y decisión política (mayorías calificadas de los poderes colegiados y voluntad unipersonal del Ejecutivo). La anatomía de este modelo sugiere que el protolegislador constituido tuvo que recurrir a un abigarrado mecanismo de depuraciones pensando en la necesidad de racionalizar el entusiasmo que, según sus defensores, desbordaría este proceso.
Recurro a una simple matemática desde los supuestos ideales de la norma. Ochocientos setenta y seis jueces, magistrados y ministros tenían el derecho constitucional al pase directo a la boleta, es decir, sin trámites, evaluación, exámenes o entrevistas. Poco más de 70% declinó a ese derecho (621). Por su parte, los tres comités de selección tienen el mandato de formular sendas listas que deben sumar un total de 16 mil 230 precandidatos. De ese universo, evaluado técnica e imparcialmente, la tómbola se encargará de reducir a 5 mil 379 candidatos que, sumados al grupo con pase directo, implican las 6 mil 255 posibles opciones que deberían estar en la boleta, distribuidas, claro está, por cargos, delimitación territorial y especialidad. Si hoy cerrara el registro, dando por buenos todos los registros recibidos, faltarían casi 11 mil 600 aspirantes únicamente para que los comités de evaluación pudieran presumir ‘misión cumplida’ o más de mil para que tener que activar la tómbola.
El ángulo delicado de esta matemática es que resulta altamente probable que en varios órganos judiciales no existan candidatos registrados espontáneamente o que se induzca, desde la ventaja de poder, la competencia y la no-competencia. Puede haber, incluso, elecciones desiertas por inexistencia de candidaturas registradas o, peor aún, victorias por default. Por otro lado, la implementación de la reforma judicial aún no resuelve cómo se suplirán faltas absolutas cuando la elección no produce un ganador, porque la Constitución sólo prevé el supuesto de requerir al siguiente más votado de la elección. Esto entre un mar de incertidumbres.
Pero este escenario, lejos de ser motivo de desánimo, reafirma que es necesario participar. Al propio régimen le están faltando soldados para el asalto al tercer poder del Estado. Organizados y con estrategia se les puede poner un susto. Con sus propias reglas y en su cancha. No perdemos nada.