Estos son los templos jubilares de la Archidiócesis de Sevilla para ganar la indulgencia plenaria en 2025
El arzobispo de Sevilla, monseñor José Ángel Saiz Meneses, con ocasión del Jubileo Ordinario 2025 ha firmado el Decreto sobre las Indulgencias para el Jubileo Ordinario 2025 este sábado 23 de noviembre, festividad de San Clemente y aniversario de la restauración del culto cristiano en Sevilla por el rey Fernando III. El decreto, siguiendo la Bula de convocatoria del papa Francisco, determina las ocasiones en las que obtener y hacer efectiva la práctica de la indulgencia jubilar, designa los lugares sagrados jubilares en la Archidiócesis de Sevilla y establece las facultades de los sacerdotes que confiesen en los templos citados. La indulgencia plenaria de la pena temporal de los propios pecados, aplicable también en sufragio de las almas de los fieles difuntos, se podrá obtener durante el Jubileo Ordinario 2025 de diversas maneras: – Participando en las misiones populares , ejercicios espirituales u otros encuentros de formación sobre los textos del Concilio Vaticano II y del Catecismo de la Iglesia Católica. – Visitando por un tiempo adecuado a los hermanos que se encuentras en necesidad o en dificultad, «como realizando una peregrinación hacia Cristo presente en ellos», poniendo así en práctica las obras de misericordia. – Llevando a cabo iniciativas que ayuden en modo concreto y generoso al espíritu penitencial en particular, como forma de redescubrir el valor penitencial del viernes -absteniéndose, en espíritu de penitencia, al menos durante un día de distracciones banales (reales y también virtuales- y de consumos superfluos, así como otorgando una proporcionada suma de dinero a los pobres; sosteniendo obra de carácter religioso o social, especialmente en favor de la defensa y protección de la vida en cada etapa y de la calidad de la misma, de la infancia abandonada, de la juventud en dificultad, de los ancianos necesitados o solos, de los migrantes de diversos países; dedicando una adecuada parte del propio tiempo libre a actividades de voluntariado, que sean de interés para la comunidad u otras formas similares de compromiso personal). - Igualmente, con motivo de la realización de sagradas peregrinaciones y visitas pías hacia cualquier lugar sagrado jubilar, haciéndose este modo de lucrar la Indulgencia Jubilar extensivo también a quienes, uniéndose en espíritu a los fieles asistentes, por graves motivos no puedan acudir presencialmente. Los templos designados como lugares de peregrinación para obtener la indulgencia plenaria en la Archidiócesis de Sevilla durante el año jubilar serán: – Santa Iglesia Catedral de Sevilla – Basílica Menor de Santa María de la Esperanza Macarena (Sevilla) – Basílica Menor de Nuestro Padre Jesús del Gran Poder (Sevilla) – Basílica Menor de María Auxiliadora (Sevilla) – Basílica Menor del Santísimo Cristo de la Expiración (Sevilla) – Capilla de los Marineros (Sevilla) – Santuario de Nuestra Señora de Setefilla (Lora del Río) – Parroquia de Santa Cruz (Écija) – Parroquia de Santa María Magdalena (Dos Hermanas) – Santuario Diocesano de Nuestra Señora de Consolación (Utrera) – Santuario de Nuestra Señora de Loreto (Espartinas)