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Defensa cobrará 4.000 euros al día por permitir rodajes en cuarteles en uso

  1. Hasta ahora cobra 1.500 euros al día
  2. Nuevas tarifas: de 2.000 a 10.000
  3. Se anulará si comprometen la seguridad
  4. Exige “la última versión del guion completo”
Militares del Ejército de Tierra a punto de volar a Líbano desde la base aérea de Torrejón de Ardoz (Foto: Diego Radamés / Europa Press).

El Ministerio de Defensa ha puesto en marcha un procedimiento para gestionar las solicitudes que tienen por objeto rodar películas o series en instalaciones militares.

El director general de Infraestructura, el teniente general del Ejército de Tierra Luis Cebrián Carbonell, firmó hace unas semanas una resolución “por la que se establecen contraprestaciones económicas a las autorizaciones especiales de uso de espacios de cualquier instalación militar, para realizar la grabación de películas, series documentales o de ficción, programas no informativos de televisión, anuncios comerciales o cortometrajes”.

Esa resolución desarrolla algunas normas previas, como la Instrucción 65/2004, de 31 de marzo, del Secretario de Estado de Defensa, en la que se establecen principios de actuación en relación con las autorizaciones para rodar películas en propiedades afectadas al Ministerio de Defensa:

-- “La tasa que corresponda por utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público afectado al Ministerio de Defensa, se determinará en la forma prevista en los artículos 61 a 65 de la Ley 25/1998, de 13 de julio, de modificación del Régimen Legal de las Tasas Estatales y Locales y de Reordenación de las Prestaciones Patrimoniales de Carácter Público. Dicha prestación se ingresará en el Tesoro Público con aplicación a los pertinentes conceptos del presupuesto de ingresos del Estado, debiendo ser remitido al Ministerio de Defensa el resguardo acreditativo del pago”.

Hasta ahora cobra 1.500 euros al día

En la resolución reciente se indica que “en el ámbito del Ministerio de Defensa no ha sido aprobada normativa alguna que fije el importe de una tasa por rodaje en instalaciones militares”.

Pero en ausencia de esa norma, hasta el momento “se viene exigiendo como contraprestación por la autorización correspondiente una cantidad de 1.500 euros por día de rodaje”.

Nuevas tarifas: de 2.000 a 10.000

El director general de Infraestructura ha puesto fin a ese vacío de regulación, con esta resolución en la que establece las contraprestaciones que desde ahora exige el Ministerio de Defensa para dar luz verde “a las autorizaciones especiales de uso de espacios de cualquier instalación militar, para realizar la grabación de películas, series documentales o de ficción, anuncios comerciales, programas no informativos de televisión, anuncios comerciales o cortometrajes”.

La resolución fija tres tarifas:

– Por día de rodaje en instalaciones militares operativas que sean Bien de Interés Cultural: 10.000 euros.

– Por día de rodaje en el resto de las instalaciones militares operativas: 4.000 euros.

– Por día de rodaje en instalaciones militares sin uso: 2.000 euros.

Por tanto, Defensa ha encarecido notablemente el canon que va a cobrar, de los 1.500 euros actuales, a los 4.000 que desde ahora exige para rodar en cuarteles u otras instalaciones militares que se encuentren en uso.

Se anulará si comprometen la seguridad

Esta misma resolución encomienda el cobro de las contraprestaciones a las productoras que quieran grabar en instalaciones militares al Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa (INVIED), el organismo autónomo que gestiona las viviendas militares y el patrimonio inmobiliario de Defensa.

El Ministerio de Defensa contempla algunas excepciones. Por un lado, ha determinado que “estarán exentos del pago de estas contraprestaciones las grabaciones y reportajes fotográficos con carácter informativo, periodístico y/o destinados en su integridad a la difusión cultural de la Defensa Nacional”. Es decir, que no va a cobrar ese canon a un medio de comunicación que quiera grabar un reportaje informativo en una base militar.

Por otro lado, advierte que “el director general de Infraestructura se reserva el derecho de anular o modificar las autorizaciones que conceda sin derecho a indemnización alguno, cuando existan necesidades del servicio debidamente motivadas o comprometan la seguridad de la instalación militar”.

Exige “la última versión del guion completo”

La página web del Ministerio de Defensa ya ofrece una pestaña en la que se puede consultar “el procedimiento que deberá seguirse para la gestión de las solicitudes de autorización especial de uso de propiedades militares afectadas al Ministerio de Defensa para la realización de actividades de carácter audiovisual, de modo que se determine su concesión o desestimación”.

En ese documento se precisa una vez más que este procedimiento se aplica cuando un cuartel sea requerido “como escenario para rodajes de series o largometrajes de ficción”, no en caso de “reportajes informativos o de divulgación sobre unidades militares u otros organismos de Defensa”.

Las solicitudes para poder grabar películas o series se presentarán ante la Subdirección General de Patrimonio, de la Dirección General de Infraestructura (DIGENIN), con copia a la Oficina de Comunicación Institucional y Prensa.

El ministerio exige que la solicitud se registre con cierta antelación, un mínimo de 30 días antes de la fecha prevista de inicio de los trabajos.

La productora, empresa o particular que desee rodar en instalaciones militares deberá indicar en su solicitud, de forma detallada, el recinto en el que quiere grabar, y dentro de éste qué infraestructuras pretende utilizar.

También debe explicar “otras necesidades adicionales (vestuario, recursos humanos y técnicos…), la duración del rodaje, fechas y horario de éste (diurno o nocturno), el número de personas y medios implicados en el proceso de grabación y la designación de una persona responsable junto con sus datos de contacto, así como petición de visita de reconocimiento previo, en su caso.

Defensa pone incluso como requisito recibir “la última versión del guion completo de la producción”.

La autorización o denegación del permiso para rodar dependerá fundamentalmente de la decisión del ejército (o Armada) u organismo del que dependa ese cuartel, base, edificio u otra instalación.

“La resolución se adoptará, en cualquier caso, atendiendo a la discrecionalidad de la Administración, con aplicación de criterios restrictivos en defensa del interés militar”, se indica en el procedimiento.

La fragata Canarias a su llegada al puerto de la Base Naval de Rota (Foto: Armada española).

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