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Canciller de Curia explica razones por las que Iglesia excomulgó a sacerdote costarricense

Incumplir tres elementos fundamentales para mantener la comunión plena con el papa Francisco fue lo que llevó a la Iglesia católica a excomulgar al sacerdote costarricense José Pablo de Jesús Tamayo Rodríguez, luego de un proceso penal administrativo que pasó años en los despachos del Vaticano.

Así lo explicó el canciller de la Curia Metropolitana, presbítero Rafael Ángel Sandí, quien comentó este lunes a La Nación que una persona solo puede ejercer el sacerdocio cuando esta se encuentra en comunión plena con el Sumo Pontífice.

El delito por el que fue sancionado Tamayo es el de cisma, es decir, división o separación en el seno de una iglesia o religión. El clérigo, de 81 años, llevaba varios años sin un oficio eclesiástico asignado por el arzobispo de San José, José Rafael Quirós, y solo oficiaba como sacerdote en lo privado, indicó Sandí.

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“La comunión plena se tiene con la fe, es decir, lo que cree la Iglesia; con los sacramentos, es decir, los oficios que celebra la Iglesia, y la disciplina, es decir, el apego a las normas eclesiásticas. Esos son los tres elementos de la comunión”, explicó Sandí vía telefónica.

Debido a que la máxima autoridad de la Iglesia católica es el Papa, así como el obispo en cada diócesis y el párroco en la parroquia, eso funciona bajo el concepto de comunión apostólica, indicó el funcionario de la curia metropolitana.

En el caso específico de Tamayo, sin poder revelar los detalles de las acciones de ese sacerdote por una norma de confidencialidad de los procesos, el canciller indicó que se dio un conjunto de acciones contrarias a la fe, la disciplina y los sacramentos de la Iglesia.

“Comenzó un proceso de diálogo, primero con la persona, sobre su error, obviamente con la doctrina en que se basa su error, la normativa en la que está fallando.

“Cuando esto no es aceptado, se inicia el proceso penal administrativo, se hacen las consultas a las autoridades superiores y, entonces, a partir de las directrices, ellos siguen los procesos y se impone una pena. El cisma, en sí, el delito que él comete, es un rechazo a la autoridad del Papa”, manifestó el canciller.

La entidad encargada de llevar el proceso penal contra el sacerdote es el Dicasterio para la Doctrina de la Fe, antes conocida como Congregación para la Doctrina de la Fe o Sagrada Congregación de la Romana y Universal Inquisición.

Sandí puntualizó que, una vez que se le hacen ver las conductas en que incurrió, el sacerdote dice que no está de acuerdo y, al final de cuentas, él no acepta la autoridad del Papa y “quiere prevalecer en lo que opina, lo que le gusta y lo que él considera”.

“La excomunión es eso: declarar que él no está en comunión. De hecho, no es que sea expulsado. Se declara que está fuera de la comunión y, por lo tanto, no puede celebrar los sacramentos.

“Va en materia de fe, de sacramentos y normativa. Es en esas tres áreas, sus errores. Sí, digamos, en ese sentido va por ahí, todo está ligado. Si no creo algo, si no creo que María es virgen, no puedo sostener que Jesucristo es el hijo de Dios encarnado en ella.

“En concreto, yo no le puedo decir, porque los procesos son privados… Lo que se comunica es el resultado, al igual que en un proceso de nulidad matrimonial. En este caso, se puede decir que es un combo: en materia de la fe, los sacramentos y la disciplina”, detalló Sandí.

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