La Audiencia condena al dueño de un bazar a un año y medio de cárcel por estafar a un compatriota con un contrato falso
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Córdoba ha condenado a un año y medio de prisión al dueño de un bazar de la capital cordobesa por estafar a un compatriota suyo c obrándole por contratos de trabajo (que resultaron ser falsos) con los que el joven quería revertir su situación irregular en España. La sentencia, a la que ha tenido acceso ABC, recoge que el 6 de septiembre de 2022, el joven marroquí se acercó al establecimiento comercial regentado por el acusado, en la zona de levante de la capital para ponerle una pila a su reloj. Tras entablar conversación al ser ambos marroquíes, el propietario del establecimiento conoció que el joven compatriota se encontraba en situación irregular en territorio español, ofreciéndole ayuda para regularizar su situación, por lo que le prometió que le iba a realizar un contrato de trabajo en su tienda, debiendo abonar únicamente el gasto de arreglar los papeles. Bajo dicho ofrecimiento, el acusado le fue pidiendo cantidades de dinero al joven migrante, que le hizo varios pagos con gran sacrificio y ayudado por su familia en Marruecos. En concreto, el día 20 de septiembre de 2021 la suma de 2.000 euros en concepto de gestiones, el día 1 de octubre de 2021 la suma de 920 euros como segundo abono de las mencionadas gestiones, y el día 2 de octubre la cantidad de 1.580 euros por concepto similar si bien en este último recibí el acusado hizo constar la cantidad de 600 euros. En dicho acto el acusado entregó al joven compatriota marroquí un supuesto contrato de trabajo temporal con los datos de la empresa (bazar) de la cuál es administrador único el acusado. Contrato que no resultó válido, pues una abogada a la que había acudido el joven migrante, ayudado por otro compatriota, le informó que previamente necesitaba un pre contrato entre las partes. Este joven informó sobre ese extremo al acusado, quién le solicitó la suma de 3.500 euros más para realizar ese nuevo contrato. Fue entonces cuando el acusado entregó a su compatriota marroquí un pre contrato firmado por ambas partes y sellado a nombre de la empresa, que tampoco revestía los requisitos legalmente establecidos, sin entregar ningún recibí a por los 3.500 euros que éste le abonó. Tras acudir de nuevo a la abogada, ésta le comunicó que la documentación entregada por el acusado no cumplía con los requisitos para que pudiera ser contratado. El joven de nuevo acudió al dueño del establecimiento para explicarle lo que le había indicado la abogada, entregándole a los dos días el acusado un supuesto contrato de trabajo indefinido que tampoco resultó válido. Tras reiterados requerimientos efectuados por el joven al acusado, éste le dijo que no podía contratarlo y tras solicitarle éste que le devolviera su dinero, el acusado le mencionó que no lo tenía y que no fuera más por su tienda. El joven fue en una ocasión a la tienda del acusado acompañado por otro compatriota, quién al ver la situación de necesidad del joven, que dormía en la calle , se ofreció a acompañarlo para pedirle al acusado que le devolviera su dinero. Si bien en ese momento el acusado aceptó devolvérselo en dos veces, no ha reintegrando al joven ninguna cantidad, que lo reclama. No consta que en el curso de los citados hechos el acusado llegara a ser empleador del joven marroquí , ni por ende que le impusiera condiciones laborales que conculcasen sus derechos. El fallo judicial estima además, que la responsabilidad civil en este supuesto es la derivada de las cantidades entregadas por el perjudicado al acusado como consecuencia del engaño urdido por éste último, siendo el importe total 8.000 euros. Dado este extremo, la Audiencia de Córdoba considera al dueño del bazar defendido por el abogado Francisco Poyatos, autor de un delito de estafa pero lo absuelve de un delito contra el derecho de los trabajadores.