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Ollanta Humala y Nadine Heredia: Tribunal Constitucional rechaza pedido y agendas seguirán siendo prueba judicial

El Tribunal Constitucional (TC) rechazó el recurso de habeas corpus que presentaron las defensas del expresidente Ollanta Humala y la exprimera dama, Nadine Heredia para que la información recolectada en las famosas 'Agendas de Nadine', sean descartadas como pruebas en el juicio que se viene desarrollando en su contra por el presunto delito de lavado de activos.

Los argumentos presentados por los magistrados del TC para determinar su fallo fue que no se podían pronunciar sobre una supuesta ilegalidad en las pruebas cuando eso le correspondería al Poder Judicial en una sentencia que aún se encuentra en trámite.

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“Este Tribunal Constitucional considera que es prematuro cuestionar los medios probatorios alegados por los demandantes, porque todavía existe un proceso penal en curso, en el que se va a tramitar un juicio oral con la posibilidad de contradecir los medios probatorios admitidos”, se puede leer en el oficio de la sentencia.

En esa línea precisa que al término de la sentencia del Poder Judicial, el TC evaluará si los medios probatorios cuestionados son decisivos para la determinación de la responsabilidad penal de los procesados o si existen otros medios probatorios decisivos que puedan acreditar de manera independiente la sentencia.

Miembros del TC que votaron a favor de que las agendas de Nadine sigan siendo pruebas

Los miembros del Tribunal Constitucional que votaron a favor de declarar infundado el pedido de Humala y Nadine fueron la presidenta, Luz Pacheco, junto a Francisco Morales, Gustavo Gutiérrez y Pedro Hernández.

Adicionalmente, Helder Domínguez, César Ochoa y Manuel Monteagudo también respaldaron la decisión de declarar infundada la demanda, pero por argumentos diferentes.

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¿Por qué Ollanta Humala y Nadine Heredia pidieron inhabilitar las agendas como prueba?

En su demanda de habeas corpus, Humala y Heredia precisaron que no era cuestionable el uso de las agendas, pues estas habían sido sustraídas de manera irregular. Alegaron que hubo una vulneración a los derechos de inviolabilidad de las comunicaciones y documentos privados, y a la intimidad personal y familiar.

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