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TC ratifica bono de reconocimiento para expensionistas de la ONP: ¿quiénes serían los beneficiarios?

Los exaportantes de la Oficina de Normalización de Pensiones (ONP) que decidieron migrar a una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) mantendrán sus fondos luego del traslado. Esta decisión se fundamenta en la reciente sentencia del Tribunal Constitucional (TC), que rechaza los cuestionamientos del Poder Ejecutivo para entregar un bono de reconocimiento a los trabajadores del Sistema Nacional de Pensiones que tomaron la decisión de cambiar de fondo.

La problemática surgió después de que el Congreso promulgara la Ley N° 31729 en 2023 en favor de los exaportantes de la ONP para que accedieran a este beneficio del Estado. En consecuencia, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) presentó una demanda ante el TC porque alegaba que generaría problemas económicos dentro de las finanzas estatales. A continuación, te contamos los detalles de la sentencia que publicó el Tribunal Constitucional.

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¿Quiénes son los beneficiarios del bono de reconocimiento que ratificó el TC?

A partir de la sentencia del Tribunal Constitucional, los principales beneficiarios son los trabajadores afiliados a la ONP que decidían migrar a alguna AFP desde 2002 hasta la fecha. Antes de la decisión del TC, únicamente los empleados que habían realizado su migración al Sistema Privado de Pensiones (SPP) antes del año 2001 contaban con el derecho a recibir el bono de reconocimiento.

Además, esta norma también abarca a los empleados actuales que en el futuro decidan cambiarse a alguna AFP. De este modo, este sector recibirá sus aportes en su nueva Cuenta Individual de Capitalización (CIC). El logro se concretó debido a que los magistrados del TC no lograron reunir los cinco votos necesarios para declarar inconstitucional la Ley N° 31729, lo que resultó en que la demanda presentada fuera desestimada.

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¿Por qué el Poder Ejecutivo rechaza el bono de reconocimiento?

Desde el año pasado, el Poder Ejecutivo expresó su preocupación respecto a la implementación de nuevos bonos de reconocimiento, ya que argumentaba que esta medida “no respeta el criterio de sostenibilidad financiera”. Asimismo, se estimó que su ejecución generaría un impacto económico que ronda los S/40.000 millones. Esto planteó serias dudas en el MEF sobre la viabilidad presupuestaria para afrontar dicho gasto.

El Gobierno también señaló que la normativa favorece el movimiento de afiliados de la ONP hacia el Sistema Privado de Pensiones, lo que podría resultar en un desfinanciamiento del Sistema Nacional de Pensiones. Así, enfatizó que esta medida no representa una reforma integral del sistema previsional.

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¿Las AFP pueden realizar algún cobro por la migración del trabajador de la ONP a su sistema?

La normativa establece que las Administradoras de Fondos de Pensiones no podrán recibir compensación alguna por la transferencia de fondos a las cuentas de los nuevos afiliados. Además, se estipula que el monto a recibir se ajustará de acuerdo con la inflación en Lima Metropolitana o con el indicador que la reemplace.

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