Un juez perdona a vecino de Córdoba una deuda de 55.994 euros por la Ley de Segunda Oportunidad
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Córdoba ha dictado la exoneración del pasivo insatisfecho (EPI) en el caso de un hombre, vecino de la capital, con una deuda de 55.994 euros a la que no podía hacer frente, tras reducirse sus ingresos al no renovarse su renta mínima de inserción social, todo ello conforme a Ley de Segunda Oportunidad . Según explican los abogados del despacho Repara tu Deuda, «su estado de insolvencia se originó al solicitar financiación para sufragar los costes de una reforma necesaria en su vivienda habitual». «Al principio no tenía problema alguno en hacer frente al pago de las cuotas», apuntan. Sin embargo, detallan que «contaba con más fuentes de ingresos, ya que recibía una renta mínima de inserción social que no fue renovada, por lo que sus ingresos disminuyeron drásticamente». «El deudor solicitó más préstamos para sobrellevar esta situación, pero al final fue contraproducente y cayó en un estado de sobreendeudamiento », precisan. Desde el despacho valoran que «la legislación permite a estas personas angustiadas liberarse de sus deudas si previamente cumplen una serie de requisitos». En líneas generales, indican que «es suficiente con que el concursado no haya sido condenado por delitos socioeconómicos en los diez últimos años, que se encuentre en un estado actual o inminente de insolvencia y que actúe durante todo el procedimiento de buena fe».