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Denuncias por publicidad engañosa aumentaron un 25% en 2024

Las denuncias presentadas ante la Comisión Nacional del Consumidor por supuesta publicidad engañosa aumentaron un 25% durante el 2024 en comparación con el año anterior, según datos del Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC).

Al 16 de diciembre, la entidad ya había recibido 79 denuncias por presunta publicidad engañosa. Esta cifra supera las 63 presentadas durante todo 2023. De hecho, la cifra de 2024 es la segunda más alta desde 2019, solo superada por 2021, que presentó un crecimiento atípico, de 280 denuncias, debido a la pandemia.

El promedio de denuncias por año desde 2019 es de 102,5, sin embargo, esta cifra puede verse afectada por el alto número de alertas presentadas en 2021 (se corrigió la referencia a 2022, que era un error). En tanto, la mediana de ese mismo periodo es de 64,5 denuncias, por lo que el valor de 2024 está por encima de esa mediana.

Cinthya Zapata, directora de la Oficina de Defensa del Consumidor, declaró a La Nación que, debido al cierre de negocios durante la pandemia, hubo un incremento en las fiscalizaciones en línea que realizó la oficina durante ese año; este fue el motivo por el cual ese año presentó un fuerte pico en la cantidad de denuncias recibidas. Las denuncias pueden ser presentadas tanto por consumidores como por la misma oficina.

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“La gente se puso a vender cosas y no todos sabían la regla general para hacer promociones. Después de ese año hubo un gran esfuerzo de capacitación en las pymes porque nos dimos cuenta de que los emprendedores, que nunca se habían dedicado a vender, estaban cometiendo algunas prácticas incorrectas, y en el 2022 la cantidad de denuncias volvió a la normalidad”, explicó.

Zapata indicó que, a partir de las fiscalizaciones en línea, la oficina detectó ciertas prácticas recurrentes; la principal de ellas es que el comercio anuncia que toda la mercadería está en descuento, pero en realidad hay algunos artículos que no lo están. Otro ejemplo se da en los sitios web, donde aparecen anuncios de ofertas pasajeras “de oportunidad” que, por ejemplo, indican que la oferta estará disponible solo por tres minutos, y en realidad no es así.

“Son malas prácticas copiadas de otros mercados. A veces grandes proveedores internacionales lo suelen aplicar, pero entonces algunas páginas en línea aquí lo copian y constituyen en prácticas ilegítimas”, dijo Zapata.

La directora de la Oficina de Defensa del Consumidor añadió que, aunque la mayoría de consumidores buscan una conciliación, no todos los casos son conciliables, y el análisis de cada uno dependerá de la Comisión Nacional del Consumidor.

En caso de que se determine que el comercio incurrió en una práctica de publicidad engañosa, se expone a multas desde los 10 hasta los 40 salarios base, lo que al día de hoy se traduce a montos entre ¢4.622.000 y ¢18.488.000. Zapata precisó que la Comisión no tiene la facultad de cerrar el negocio, por lo que, si este reincide en la misma práctica, aplicará la multa de nuevo, pero no una sanción por reincidencia.

El año anterior entró en vigor una reforma a la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor (N° 7.472). La reforma implementó cambios en la forma de proceder de la Comisión Nacional del Consumidor, como la ampliación de dos a seis meses en el plazo en el que el consumidor puede presentar una denuncia, o establece que las sanciones que imponga la oficina deberán ser cumplidas en 15 días hábiles.

Si un usuario tiene dudas sobre cómo interponer una denuncia, el MEIC tiene habilitada la línea gratuita 800-CONSUMO (800-266-7866), de lunes a viernes de 8 a. m. a 4 p. m., para realizar consultas. Para presentar una denuncia, puede hacerlo de manera gratuita y virtual en el sitio web consumo.go.cr.

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