Importaciones: simplifican los procesos para proyectos de inversión del RIGI
Con el objetivo de impulsar las inversiones en el marco del régimen de incentivo (RIGI) que rige desde agosto de 2024, pero dentro del cual, por ahora, sólo se confirmaron proyectos vinculados a la petrolera de bandera nacional YPF; el Ministerio de Economía simplificó el régimen de importación para grandes proyectos de inversión.
"Para alentar la inversión, simplificamos el Régimen 256/00, una herramienta clave para que las empresas puedan mejorar su competitividad mediante la incorporación de maquinaria y tecnología", publicó en su cuenta de X, Javier Cardini, subsecretario de Gestión Productiva de la Nación.
Se trata de un manual que incluyen definiciones y pasos para agilizar el proceso con el fin de simplificar requisitos y trámites en la importación de bienes para grandes proyectos de inversión.
Glosario, condiciones y restricciones
La iniciativa que se publicó días atrás en el Boletín Oficial con la Resolución 485/2024, apunta a mejora de la competitividad establece los requisitos necesarios, un procedimiento y un glosario con definiciones para el comercio exterior, según los argumentos que brindó el Ministerio de Economía, que dirige Luis Caputo.
A través de este documento, la Secretaría de Industria y Comercio intenta simplificar el acceso a los requisitos existentes, facilitando así la aplicación del sistema de incentivos a la producción competitiva mediante el uso de tecnologías avanzadas.
En el manual, se destaca la importancia de un glosario que brinda mayor claridad a la hora de llevar a cabo los trámites, definiendo términos clave como "línea de producción completa" y "bienes complementarios y secundarios".
Para iniciar el proceso de importación, los interesados deberán acceder a la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD) dentro del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE).
La norma expresa que los solicitantes podrán realizar una Consulta de Encuadre Previa No Vinculante, conforme establece el nuevo artículo 2 de la resolución 204/00 de la ex Secretaría de Industria Comercio y Minería.
Luego, la Dirección de Evaluación y Promoción Industrial se encargará de realizar una evaluación técnica preliminar de cada proyecto, en un plazo de 10 días hábiles, tiempo en el cual se podrán solicitar aclaraciones.
En el texto también se señala que un proyecto podrá considerarse apto para mejorar la competitividad si cumple con una o más de las siguientes condiciones: reducción de costos de producción, incremento en la productividad, incorporación de tecnología avanzada, mejoramiento de calidad y adecuación a estándares internacionales aceptados para proyectos sin antecedentes productivos.
Asimismo, el documento expresa que para acceder a estos beneficios, se requerirá también la presentación de documentación respaldatoria, como contratos, presupuestos y facturas, que permitan identificar los bienes y sus precios, tanto en el exterior como en el mercado interno.
Como novedad, se incorpora la fórmula para calcular el 20% de bienes nacionales requerida por el sistema, la cual considera valores FOB para artículos importados y precios finales con IVA para productos locales.
Por otro lado, sobre las restricciones, apunta a servicios, elementos de fabricación propia, terrenos y obras civiles. En ese sentido, se estipula que quienes deseen acceder al beneficio deberán constituir una garantía ante la Dirección General de Aduanas, equivalente al monto de tributos que se exime de abonar, y esta garantía estará vigente hasta que se cumplan los compromisos asumidos en el régimen.
Por último, la resolución establece que los beneficiarios deben presentar una rendición de cuentas sobre el proyecto, que podrá realizarse antes de los plazos máximos establecidos y deberá contar con la firma de una persona ajena a la empresa. Frente a casos donde surjan indicios de incumplimiento, se podrán solicitar aclaraciones adicionales e incluso se contempla la posibilidad de perder las cauciones presentadas.