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No existen los jueces anónimos citados por Rodrigo Chaves

Carlos Montenegro, fiscal adjunto de Ejecución de la Pena, explicó que en el país no existen los “jueces anónimos” que suele mencionar el presidente de la República, Rodrigo Chaves, en sus conferencias de prensa.

Montenegro aclaró que es imposible que los juzgadores trabajen en el anonimato, pues tienen la obligación de firmar cada resolución o sentencia judicial que dicten. Además, las audiencias se graban para garantizar la transparencia de los procesos y disponer de respaldos para las partes involucradas.

“Todos quedamos identificados. Si hay algo qué preguntar sobre esa audiencia, ya saben quiénes estuvimos ahí y tenemos que dar cuentas. Es imposible (el anonimato). Cualquiera puede saber quiénes estuvimos ahí. Puedo hablar con propiedad de la parte de nosotros (Fiscalía de Ejecución de la Pena) y del Poder Judicial”, afirmó.

La aclaración del fiscal se produjo luego de que, en reiteradas ocasiones, el presidente Chaves dijera, de manera equivocada, que los jueces del Poder Judicial resuelven desde el “anonimato” o de forma “discrecional”.

Chaves repite información errónea

Durante el 2024, el mandatario repitió esta información de forma errónea en diversas conferencias de prensa.

Por ejemplo, el pasado 20 de noviembre aseguró que los jueces de Ejecución de la Pena, encargados de resolver sobre la libertad condicional de un recluso, dictan resoluciones judiciales de forma anónima.

“Vamos a tener que poner responsables y darles autoridad, que puedan darle autoridad a quien tiene que dar cuentas y no a jueces que trabajan detrás del anonimato soltando criminales como y cuando les da la gana “, dijo el mandatario.

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Todas las partes se identifican

Según Montenegro, la identidad de los jueces y de todas las partes involucradas –como los representantes de la Fiscalía, el imputado y sus defensores– debe quedar debidamente documentada.

Este reconocimiento permite que, en una resolución, se pueda saber lo dicho por cada participante en el proceso.

“Cada juez tiene que identificarse como corresponde. Ahí va a estar identificada cada persona defensora, porque tiene que asumir su responsabilidad. Cada fiscal va a quedar identificado y, obviamente, el usuario”, detalló el fiscal.

En los casos específicos de Ejecución de la Pena –que incluyen tanto a personas del régimen semiinstitucional, colocadas fuera de las cárceles por el Ministerio de Justicia, como a los privados de libertad– el personal de los juzgados tiene la responsabilidad de registrar detalladamente a la persona cuyo caso está siendo resuelto para confirmar que los datos coinciden y que no se está procesando a otro individuo.

Por otra parte, para garantizar mayores niveles de transparencia, el fiscal explicó que la Corte Suprema de Justicia dispuso hace algunos años que las audiencias y los juicios deben ser grabados. De esta manera, se asegura un respaldo que permite responsabilizar a los jueces por sus resoluciones.

“Todos son responsables como personas juzgadoras. Se firman las actas, se lo puedo decir, yo sé que es así. En lo que es el área de nosotros, de Ejecución de la Pena, se hacen las actas correspondientes, se graba también la audiencia (...).

“Eso queda grabado. Hay archivos de sonido de las audiencias y, en cada acta de esas, tienen que estar todas las representaciones y ser responsables de su participación”, explicó.

En el caso de las grabaciones de audio que no se transcriben, el fiscal indicó que es necesario registrar en voz alta el nombre de cada una de las partes. Posteriormente se realiza una cita resumida de la audiencia, indicando que las partes estuvieron presentes y especificando que la resolución fue tomada por el juez correspondiente, quien siempre firma la cita.

Los archivos de grabación y las actas de las resoluciones se guardan en el despacho judicial, donde quedan disponibles para consulta futura, ya sea en caso de que se presente una apelación o si un tribunal lo solicita.

Según el fiscal, la identificación de quienes forman parte del caso asegura el cumplimiento del debido proceso, el cual debe ser respetado obligatoriamente en un Estado democrático como Costa Rica.

“Las cosas o se hace bien o no se puede hacer; no se debe hacer de otra forma y no se debe, obviamente, porque en el Estado democrático eso es lo que busca: que se garantice el debido proceso”, añadió.

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