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Devolución Fonavi 2025: ¿cómo cobrar mis aportes si estoy en el extranjero?

El Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi) fue un programa creado en Perú con el objetivo de recaudar aportes de trabajadores y empleadores para financiar la adquisición de viviendas y facilitar el acceso a créditos habitacionales. Durante su vigencia, miles de ciudadanos realizaron contribuciones con la expectativa de acceder a beneficios habitacionales, aunque en muchos casos estos no fueron otorgados.

Actualmente, el proceso de devolución de aportes sigue en marcha, permitiendo que los exfonavistas y sus familiares recuperen los montos abonados. En esta nota se explicará cómo realizar el cobro desde el extranjero, quiénes son los beneficiarios en marzo de 2025 y qué documentos deben presentar los familiares de fonavistas fallecidos para gestionar la devolución.

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Devolución Fonavi 2025: ¿cómo cobrar mis aportes si estoy en el extranjero?

Hasta el 2023, los fonavistas que no residen actualmente en el Perú deberán completar el Formulario N° 1 a través de la página web oficial www.fonavi-st.gob.pe. Para ello, deberán hacer clic en el botón «Regístrese en el SIFONAVI» y seleccionar la opción «Registro de Periodo Laboral – F1».

Además, aquellos que necesiten actualizar sus datos o completar el Formulario N° 1 previamente registrado, podrán hacerlo ingresando a la misma página web, en la sección «Registro de Historia Laboral-F1». Para acceder, deberán ingresar su usuario y contraseña Sifonavi. Cabe señalar que estas modificaciones solo se podrán realizar en los F1 de aquellos usuarios que no hayan sido incluidos como beneficiarios en ningún grupo de pago anterior.

¿Quiénes serán los beneficiarios del Fonavi en marzo 2025?

Los beneficiarios del Reintegro 3 estarán compuestos por adultos mayores de 70 años que fueron parte de los pagos previos, de los grupos 1 al 19, pero que no recibieron compensaciones en los Reintegros 1 y 2.

Sumado a eso, se ha establecido que los herederos de fonavistas fallecidos podrán acceder al pago si el titular hubiera cumplido 90 años hasta el 31 de marzo de 2025. Esta disposición tiene como objetivo priorizar a los sectores más vulnerables dentro del programa de devolución.

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¿Qué documentos son requeridos para los familiares de fonavistas fallecidos?

Para que los familiares de un fonavista fallecido puedan acceder a los beneficios correspondientes, es necesario presentar una serie de documentos específicos. Estos documentos varían según el vínculo de parentesco con el fallecido y deben ser entregados en las entidades correspondientes.

A continuación, se detallan los principales documentos requeridos para cada tipo de heredero, así como el procedimiento que debe seguir el solicitante para validar su estatus como beneficiario legítimo.

  1. Partida de defunción del fonavista fallecido.
  2. Documento Nacional de Identidad (DNI) del solicitante.
  3. Documentos específicos dependiendo del heredero:
    • Cónyuge o conviviente: partida de matrimonio o constancia de unión de hecho.
    • Hijos: partida de nacimiento.
    • Padres: partida de nacimiento del fonavista fallecido.
    • Hermanos: partida de nacimiento tanto del solicitante como del fonavista.
  4. El solicitante debe firmar una declaración jurada en el Banco de la Nación para confirmar su estatus como beneficiario legítimo. En caso de existir otros herederos sin prioridad, se deberá realizar el proceso de sucesión intestada o presentar el testamento correspondiente.

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