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SCJN valida la desaparición de 109 fideicomisos decretada con AMLO

Por unanimidad de votos, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó ayer la extinción de 109 fondos y fideicomisos ordenada en noviembre de 2020 por el expresidente Andrés Manuel López Obrador.

Al resolver ocho controversias constitucionales promovidas por igual número de gobiernos estatales, el pleno de la Corte llegó a la conclusión de que dicha extinción no invadió competencias constitucionales de los estados ni transgredió el principio de división de poderes ni el federalismo.

La votación se logró luego de una serie de observaciones a los proyectos de sentencias del ministro Arístides Guerrero, quien se lanzó contra las pasadas integraciones de la SCJN.

“No caeré en la narrativa de si la anterior Corte fue buena o fue mala, pero sí lo quiero decir de manera clara, fue muy irresponsable, porque fueron cuatro años que se cerró la instrucción y no se presentó la propuesta de sentencia”, manifestó al presentar una gráfica con una línea de tiempo del caso.

No obstante, anteriormente sí hubo proyectos de sentencia sobre estos casos, elaborados por el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, con propuesta similar a la de Guerrero, pero no fueron votados.

La ministra Yasmín Esquivel, aunque se pronunció a favor de los proyectos, votó contra la desaparición del fondo de atención a víctimas, al considerar que fue “una decisión regresiva” por parte del Congreso federal en perjuicio de quienes han padecido un delito o violación a sus derechos humanos.

En tanto, la ministra Lenia Batres recordó que la Auditoría Superior de la Federación evidenció que los fondos y fideicomisos tenían al menos nueve deficiencias, como falta de controles de vigilancia, manejo discrecional de recursos y poca rendición de cuentas.

“Es irrefutable que fueron utilizados para evitar la transparencia del ejercicio de recursos de nuestra nación”, acusó.

El ministro Giovanni Figueroa hizo ver que las controversias debían sobreseerse, es decir, ni siquiera pronunciarse sobre los argumentos de los estados quejosos, que fueron:

  • Michoacán
  • Tamaulipas
  • Chihuahua
  • Guanajuato
  • Aguascalientes
  • Coahuila
  • Nuevo León
  • Jalisco.

Figueroa consideró que no se actualiza una afectación “siquiera potencial” a las atribuciones constitucionales de las entidades, y advirtió que el decreto pudo ser combatido a través de otros medios de control, como la acción de inconstitucionalidad.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación aún tiene pendiente de resolver una acción de inconstitucionalidad promovida por senadores de oposición, cuyo proyecto también lo presentará el ministro Arístides Guerrero.

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