Delitos de odio: qué son y qué dice la sentencia sobre las amenazas a un chico homosexual en Barcelona

La Audiencia de Barcelona ha absuelto al acusado de delito de odio por sus expresiones amenazantes hacia una persona homosexual en junio de 2019.

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La Audiencia de Barcelona ha absuelto a dos acusados del delito de odio este pasado jueves por sus expresiones amenazantes hacia una persona homosexual en junio de 2019, según ha informado el tribunal.

Los hechos. “Te voy a hacer heterosexual a hostias”, “Cuando saltas te voy a dar una hostia que la mariconería se te quita”, o “Tápate que das vergüenza ajena y hay niños” son algunas de las frases que el principal acusado espetó hacia un chico en un local de comida rápida, según se podía apreciar en el video difundido por redes sociales. 

  • El segundo acusado es el guardia de seguridad del establecimiento, por no actuar en beneficio de la víctima. 

La sentencia. El tribunal considera que los comentarios son «desafortunados”. Sin embargo absuelve al autor de los hechos porque, dice la sentencia, “no participó en la difusión del video ni la aprovechó para propagar discurso de odio contra colectivos LGTBI”.

  • Además, señala que el “incidente” se limita a los hechos ocurridos “en un local que ni siquiera estaba muy concurrido y a los que nadie se sumó”. 
  • También dicta que la actitud del guardia de seguridad no constituye un hecho delictivo y reducen los hechos a un “delito leve de amenazas” que no está denunciado.

Qué es un delito de odio. Los delitos de odio crecieron un 21% en 2023. El Ministerio del Interior es el encargado de contabilizar los casos de delito de odio y actuar contra ellos.

  • La expresión ‘delito de odio’ se entiende como “aquellos delitos de prejuicio cometidos contra una determinada persona por poseer o presentar ciertas características, reales o percibidas, y que no solo atacan a la propia víctima del hecho delictivo, sino que también buscan influir en el conjunto del colectivo con el que la víctima se identifica o al que pertenece”. 
  • Así lo explica el Ministerio en el II Plan de Actuación de lucha contra los delitos de odio. 

Tipos de delitos de odio. Las condiciones personales o causas de discriminación por las que se tipifican los delitos de odio son: por la etnia o raza de una persona, por su ideología, religión o creencias, por su nacionalidad, por su sexo y género, por su orientación e identidad sexual o por padecer alguna enfermedad o discapacidad. 

Fuentes

Sentencia de la Audiencia de Barcelona

Video de los hechos ocurridos en junio de 2019

Ministerio del Interior

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