Qué son las costas judiciales y que implican en el desarrollo de un pleito

Las costas judiciales son los gastos que ocasionan las propias personas justiciables, es decir, los implicados en el pleito, según explica a Newtral.es Sonia Calaza, catedrática en derecho procesal de la UNED. 

  • Los gastos derivados de las costas judiciales son “imprescindibles” para llevar a cabo cada proceso judicial y todos ellos son “susceptibles de pago” por parte de “aquellos que los hayan generado”. 

Quién paga las costas. La experta explica que, por lo general, las costas las asume cada una de las partes implicadas en el proceso. En el caso de que el juicio lo haya ganado o perdido claramente una de las partes, el juez sí puede establecer el pago de las costas a la parte perdedora del litigio. 

  • En este caso la parte perdedora estaría obligada a pagar los honorarios de abogados de la parte vencedora y el resto de honorarios de los profesionales que estén implicados.
  • La cantidad que se pague no suele ser superior a una tercera parte del importe total del proceso, aunque existen casos de mayor complejidad en los que el juez puede “disponer otra cosa al respecto”. 

Qué se paga en las costas. Los gastos que se incluyen en las costas judiciales vienen recogidos en el artículo 241 de la Ley de Enjuiciamiento Civil: 

  • Los honorarios de la defensa y de la representación de los enjuiciados. 
  • La publicación de anuncios que deba hacerse durante el proceso de forma obligatoria. 
  • Los depósitos económicos que deban hacerse para presentar recursos. 
  • Los derechos de peritos que tengan que hacerse a personas que hayan intervenido en el proceso. 
  • Copias, documentos, certificados o testimonios que haya que solicitar conforme a la ley y que conlleven un gasto. 
  • Los derechos arancelarios que deban abonarse en los casos en los que sea necesario para el proceso. 
  • La tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional, un tributo que deben abonar las personas físicas y jurídicas por acudir a los tribunales y hacer uso de la Administración de Justicia en algunos casos. 

Fuentes

Sonia Calaza López, catedrática de derecho procesal de la UNED

Ley de Enjuiciamiento Civil

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