Estas son las nuevas condiciones para cotizar por haber sido becario en el pasado

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha emitido una orden que modifica a la recientemente emitida el pasado 1 de mayo.

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El Boletín Oficial del Estado (BOE) recoge este jueves 1 de agosto las nuevas condiciones que deben cumplir los antiguos becarios que no cotizaron a la Seguridad Social y que quieren que el tiempo que trabajaron forme parte de su cómputo de cotizaciones, tal y como también expone Civio en uno de sus artículos

Contexto. El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha rectificado una orden que fue publicada el 1 de mayo.

  • Las condiciones anteriores para becarios implicaban que el trabajador interesado tuviera que abonar 298,8 euros por cada mes que quisiera recuperar como cotizado, como te explicamos en Newtral.es. Esto despertó las críticas de sindicatos, patronal y otros colectivos, motivo por el que el Gobierno se abrió a modificar el convenio. 

Las nuevas condiciones. 

  • La base de cotización tendrá en cuenta la del año en que el trabajador en cuestión realizó sus prácticas y no la de este 2024. A esta base se le aplicaría el porcentaje de cotización actual.  
  • La orden anterior daba un plazo de dos años (hasta el 1 de junio de 2026) para que quienes habían sido becarios recuperasen esos periodos de cotización. Ahora, la nueva orden amplía este plazo hasta el 31 de diciembre de 2028. 
  • Se han ampliado los años trabajados como becario que se pueden recuperar. Con esta nueva orden se pueden recuperar hasta cinco años, aunque sería solo una medida aplicable a aquellos que ya hubieran realizado solicitudes similares relativas a prácticas realizadas en periodos anteriores a 2011. 
  • El ministerio ha incluido en esta nueva orden la posibilidad de fraccionar el pago de las cotizaciones, el cual se podrá extender, como máximo, a 84 mensualidades. 

Fuentes

Boletín Oficial del Estado (BOE)

Civio

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