Qué es el ‘habeas corpus’ que han presentado los dos ‘mossos’ detenidos tras la fuga de Puigdemont

Los dos mossos d’Esquadra que han sido detenidos por, presuntamente, colaborar con Carles Puigdemont y su entorno para posibilitar la fuga del expresident catalán, han impugnado su detención por la vía del habeas corpus ante un Juzgado de Barcelona. Los agentes pedían anular su arresto y decretar su libertad al considerar que es ilegal y arbitrario. Sin embargo, la magistrada ha desestimado este procedimiento para ambos mossos.

Qué es el habeas corpus. Es una figura legal procedente del derecho anglosajón recogida en el artículo 17 de la Constitución, que regula el derecho fundamental a la libertad y la seguridad, y consiste en la “inmediata puesta a disposición judicial de toda persona detenida ilegalmente”.

  • Proviene de la expresión latina habeas corpus ad subiiciendum, que significa literalmente “que tengas tu cuerpo para exponer”. Está entendida como una garantía del ciudadano frente a cualquier privación de libertad ilegítima. 

Causas para presentar un habeas corpus. Entre las causas que permiten considerar no válido un arresto, según la jurisprudencia del Constitucional, figuran:

  • La arbitrariedad, es decir, la inexistencia de presupuestos legales para la detención.
  • La vulneración de derechos sustanciales o procesales del privado de libertad.
  • Haber superado el tiempo legal de detención, prisión provisional o prisión.
  • La ausencia o débil motivación de una medida de prisión provisional.
  • Privación de libertad ilegal, ya sea porque no tiene respaldo legal o porque este respaldo es insuficiente, o porque ocurre en un lugar o bajo una autoridad no autorizados por la ley.

Procedimiento. El procedimiento de habeas corpus se puede iniciar a instancias del detenido, de sus familiares, del fiscal, del Defensor del Pueblo o de otras instituciones. Según indica la ley, el procedimiento se iniciará mediante escrito o comparecencia sin necesidad de que intervengan el abogado o procurador del detenido. 

  • Se deberán hacer constar los datos personales del solicitante y, en su caso, de la persona para la que se solicita el amparo, lugar y circunstancias relevantes de la privación de libertad y motivo concreto por el que se insta el habeas corpus. La persona encargada de custodiar al detenido tiene obligación de ponerlo en conocimiento del juez inmediatamente, pudiendo incurrir en responsabilidad en caso contrario.

Otros habeas corpus invocados. 

  • Tras el referéndum de autodeterminación del 1 de octubre de 2017, varios de los altos cargos de la Generalitat detenidos por participar en la consulta presentaron este procedimiento, que fue desestimado. 
  • En octubre de 2014, las mujeres del exconsejero de Presidencia de la Comunidad de Madrid, Francisco Granados, y de su socio, David Marjaliza, lo plantearon en el inicio de la Operación Púnica. También fue desestimado. 

Fuentes

Twitter del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña

Congreso

RAE

BOE

Europa Press

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