Las claves de la ‘no declaración’ de Sánchez que el juez Peinado entregará a las partes

El juez Juan Carlos Peinado, que investiga a Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha dicho que se pueden sacar “conclusiones” del “silencio” del líder del Ejecutivo cuando se negó a declarar ante él en Moncloa como testigo.

  • Dice que su “silencio” es “legítimo” pero que, “como es bien sabido, permite dar lugar a la formación de inferencias, que, en su caso, en conjunto con otros elementos de carácter objetivo, puedan llevar a conclusiones de carácter objetivo, al objeto de valorar la posible concurrencia de aspectos integrantes, de posibles indicios, bien en sentido inculpatorio hacia algún investigado o, por el contrario, en sentido excluyente de responsabilidad penal”.

Contexto. En una providencia fechada el jueves 22 de agosto, y a la que ha tenido acceso EFE, el juez ha decidido poner a disposición de las acusaciones populares y las defensas la grabación en la que Sánchez se niega a declarar contra su mujer por tráfico de influencias y corrupción en los negocios. 

Peinado lo hace en contra del criterio de la Fiscalía que solicitó dejar la grabación fuera del sumario con el argumento de que era un acto que “carecería de utilidad material o procesal” para la investigación, dado que Sánchez se acogió a su derecho a no declarar. 

  • La LECrim exime a cualquier persona citada como testigo de la obligación de hacerlo en contra de su cónyuge, según el artículo 416: “Están dispensados de la obligación de declarar los parientes del procesado en líneas directa ascendente y descendente, su cónyuge o persona unida por relación de hecho análoga a la matrimonial, sus hermanos consanguíneos o uterinos y los colaterales consanguíneos hasta el segundo grado civil”.

Los expertos. Edmundo Rodríguez, el portavoz de Juezas y Jueces para la Democracia, explica a Newtral.es que, salvo que se declare el secreto de sumario, el juez Peinado “tiene el deber de entregar copias de todo lo que se actúa”. 

  • La LECrim garantiza a las partes a obtener copia de todas las actuaciones. Así pueden conocer todo el material obtenido con la instrucción, realizar alegaciones, formular recursos o presentar en su caso escritos de acusación o defensa. 
  • Según matiza Rodríguez, el juez debe trasladar copia a las partes, pero no por los motivos que aduce Peinado, sino porque es un derecho de las partes personadas en un proceso penal. 
  • Los argumentos que Peinado incluye en la providencia son “discutibles”, indica Rodríguez. “Del silencio no puede extraerse ninguna conclusión, salvo que haya prueba de cargo suficiente derivada de otros medios de prueba”.

Fuentes

Edmundo Rodríguez, el portavoz de Juezas y Jueces para la Democracia

Agencia EFE

Ley de Enjuiciamiento Criminal

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