Así tributan a Hacienda los premios de la Lotería de Navidad: se paga a partir de 40.000 euros

Los premios otorgados por Loterías y Apuestas del Estado, y, por tanto, los de la Lotería de Navidad, no tributan a Hacienda si son igual o inferiores a 40.000 euros, desde el 1 de enero de 2020. Solo están sujetos a retención los premios superiores a esta cantidad.

Es decir, los premiados con el Gordo, segundos y terceros premios, deberán ingresar a Hacienda un 20% del total. Por el contrario, los agraciados con cuartos, quintos premios, pedrea y el resto de aproximaciones, están exentos y cobrarán el premio de forma íntegra sin tributar a Hacienda.

¿Cuánto se queda Hacienda de cada premio cobrado de la Lotería de Navidad?

De los premios de Lotería que excedan de 40.000 euros, esa cantidad queda exenta, y del resto se tributa el 20%, como indica la Agencia Tributaria. 

  • Un ejemplo. Javier Collado, profesor de Tributación y Asesoría Fiscal del Centro de Estudios Financieros, pone un ejemplo. “Si te toca el premio Gordo de Navidad de 400.000 euros y llevas un décimo, los primeros 40.000 euros no tributarían, pero de los otros 360.000 restantes Hacienda se quedaría el 20% (72.000), por lo que finalmente se cobran 328.000 euros”.

Teniendo en cuenta las cantidades de cada uno de los premios y que de cada uno está exento de retención de los primeros 40.000 euros, esto es lo que se queda Hacienda por cada premio de la Lotería de Navidad y lo que finalmente se ingresa limpio.

¿Y si un décimo tuviera varios premios de la Lotería de Navidad a la vez?

Desde Loterías y Apuestas del Estado recuerdan que están exentos 40.000 euros de cada premio, pero “un billete o un décimo de Lotería Nacional puede contener más de un premio, en cuyo caso la retención solo se aplicará a aquellos premios que excedan esta cantidad, de modo que todos los premios que no excedan esta cantidad por décimo o apuesta están libres de impuestos”.

¿Hay alguna posibilidad de no tributar por un premio del sorteo de la Lotería de Navidad?

Collado indica que “no se puede no pagar a Hacienda por un premio de Lotería si nos corresponde hacerlo porque se tributa a través de un modelo específico (modelo 136) que directamente presenta el banco al ganador del boleto cuando este pretende cobrar el premio”. “Cuando el banco le paga el premio al destinatario ganador, en esa cantidad ya incluye la retención del 20% en la parte del importe que exceda de los 40.000 euros”, añade.

¿Hay que indicar algo específico de un premio de Loterías en la Declaración de la Renta?

Este experto recuerda que “como ya se ha tributado por el premio de la Lotería de Navidad mediante el modelo 136 al ir a cobrarlo al banco, en la próxima declaración de la renta (modelo 100) no hay que indicar nada específico del mismo”.

Aunque explica que “si se gana el premio Gordo de la Lotería y se deja en cuenta ese importe, dicho dinero contará como saldo a efectos del impuesto de patrimonio, aunque como el mínimo exento en dicho tributo es muy alto o está bonificado en algunas comunidades autónomas, no se paga en muchos casos”.

Fuentes

Javier Collado, profesor de Tributación y Asesoría Fiscal del Centro de Estudios Financieros

Loterías y Apuestas del Estado

Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

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