¿Qué es una conciliación, en términos jurídicos?

Una conciliación, según la RAE, es un acuerdo de los litigantes para evitar un pleito o desistir del ya iniciado. Es decir, un pacto de conformidad pacífico entre las dos partes de una denuncia con el fin de evitar una escalada del conflicto. 

  • Es uno de los Medios Adecuados de Solución de Controversias (MASC) con los que cuenta la justicia española.

El proceso. Una persona experta con conocimientos técnicos o jurídicos relacionados con la materia en conflicto, ayuda a las partes a alcanzar un acuerdo, haciendo propuestas que puedan terminar la disputa, según explica el Ministerio de Presidencia. 

  • La conciliación puede ser pública o privada.
  • La persona conciliadora hace propuestas a las partes.

Conciliación pública. Actualmente, la conciliación pública la pueden llevar a cabo:

  • Los jueces y juezas de paz, en asuntos inferiores a 6.000 euros.
  • Los letrados y letradas de la Administración de Justicia, conforme a la Ley de Jurisdicción Voluntaria.
  • Los notarios y notarias, conforme a la Ley del Notariado.
  • Los registradores y registradoras, conforme a la ley Hipotecaria.

Otros medios de solución de controversias. Además de la conciliación, la justicia española tiene otros mecanismos de solución entre dos partes para de gestionar y solucionar un conflicto que pueden resultar más ágiles y menos costosos que un procedimiento judicial.

  • Estos son la mediación, la negociación, el derecho colaborativo, la oferta vinculante confidencial y la opinión de una persona experta independiente.

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