Consumo impone las primeras sanciones por rebajas falsas en Black Friday, que ascienden hasta 90.000 euros

Abc.es 

Llegan las primeras sanciones por las rebajas falsas en la campaña de descuentos de noviembre, Black Friday. Tras la investigación de la Dirección General de Consumo, el Ministerio de Pablo Bustinduy ha impuesto multas de 90.000 euros a dos grandes operadores de comercio electrónico, que el Ministerio no ha revelado, por llevar a cabo descuentos engañosos en un momento de «significativas rebajas en muchas tiendas y grandes almacenes». Como rebaja engañosa, explican desde el Ministerio, se entiende el hecho de que estos operadores subieran el precio de diferentes productos antes de Black Friday para luego rebajarlos a su precio original , una práctica que, según señalan, supone una infracción de la Ley de Ordenación del Comercio Minorista. Además de las dos empresas ya multadas, Consumo mantiene abiertos expedientes a otros seis grandes operadores de comercio por esta misma práctica en sus ventas online. En este caso, la propuesta de sanción del Ministerio es de más de medio millón de euros. Asimismo, la Dirección General de Consumo ha advertido que, como consecuencia de los resultados obtenidos en la investigación, volverá a monitorizar los precios en las rebajas de verano, que están ahora en curso. «El objetivo es seguir controlando los descuentos que ofrecen grandes operadores a través de sus ventas online para detectar nuevas »falsas rebajas» que puedan llevarse a cabo y sancionarlas, si procediera, para velar así por los derechos de las personas consumidoras«, detallan. La investigación de la Dirección General de Consumo -que analizó los precios de 1.000 productos durante Black Friday- apunta que un 60% de las empresas investigadas cometieron esta práctica fraudulenta y que se llevó a cabo en más de un 20% de los productos analizados. En este sentido, recuerdan que para que el consumidor sea capaz de comparar, cuando un artículo se oferta debe aparecer siempre el precio anterior. Además, este precio tiene que ser el menor en treinta días. En caso de no cumplir con la norma, las prácticas de la empresa se considerarían como desleales y podría derivar en sanciones de hasta 100.000 euros, cantidad que se puede sobrepasar hasta alcanzar entre cuatro y seis veces el beneficio ilícito obtenido.

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