La Audiencia Nacional desestima una querella por estafa contra Llados

Abc.es 
El juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama ha desestimado una querella presentada contra el 'influencer' Amadeo Llados en la que se le acusaba, entre otras cosas, de haber creado una estafa piramidal a través de sus cursos. La demanda señalaba que el creador de contenido español, pero residente en Miami, usa su curso digital 'TU1MILLON' para engañar a sus clientes haciéndoles creer que los va hacer ricos, «cuando evidentemente no es cierto y mientras él se lucra con el cobro de enormes cantidades de dinero». Para enganchar a sus víctimas, según la información de la querella recogida en el auto, el 'influencer' muestra una imagen de persona rica y exitosa, altamente musculado, con múltiples productos de lujo como casas, coches, yates o relojes y acompañado de numerosas mujeres con la promesa de que si contratas su curso algún día llegarás a ser como él. Los perjudicados también denuncian que los pagos que exige Llados por sus contenidos -con precios que parten de los 50 euros mensuales- cada vez van a más y advierten de que manipula a sus clientes para que cada vez le abonen mayores cantidades de dinero, hasta 10.000 euros, «mediante lo que se puede denominar coacciones veladas». Llados también, de acuerdo con la querella, prometería a sus alumnos la consecución de un título oficial por completar su curso, algo que, al menos durante el tiempo que ABC pasó suscrito para la realización de una investigación , no ocurrió en ningún momento. Finalmente, los querellantes señalaban que una vez formas parte de la red de clientes de Llados, él mismo te ofrece una forma de obtener comisiones o descuentos en nuevas suscripciones con la promoción de sus productos en las redes sociales, todo ello con el objetivo de llegar a más gente. Esto ocurre a partir del programa de afiliados del gurú, que promete un 30% recurrente de los ingresos generados para todos aquellos alumnos que le consigan nuevos suscriptores. En su auto, el magistrado señala que los hechos que la querella califica como delitos de odio y de asociación ilícita se sitúan «claramente» fuera del ámbito de competencia objetiva de la Audiencia Nacional. En cuanto al delito de estafa, el magistrado reconoce que los hechos relatados podrían constituir una defraudación, si bien para que el delito sea competencia de la Audiencia Nacional deberían cumplirse alguna de estas premisas: que se trate de un perjuicio de entidad a la economía nacional o que exista una generalidad de perjudicados en el territorio de más de una provincia. En el primer de los supuestos, explica el auto, la cuantía de la supuesta defraudación no aparece «mínimamente« determinada, ya que no se expresa la cantidad satisfecha por ninguno de los nueve querellados, salvo algunos pantallazos en los que aparecen pagos de 50, 600 o 1.8000 euros. Se trata de cifras muy lejanas, dice el juez, a los siete millones de euros de perjuicio que establece el Tribunal Supremo para atribuir la competencia a la Audiencia Nacional. En cuanto a la segunda de las premisas, que el fraude afecte a una generalidad de personas, el instructor indica que la querella está presentada por nueve víctimas, una cifra «que se muestra insuficiente para justificar por sí mismo la competencia de este Juzgado Central de Instrucción». La resolución del juez podrá ser apelada en un plazo de cinco días. Los querellantes cuentan también con tres para reformar la demanda.

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