Denuncian a apartamentos turísticos de Valencia por limitar el 'check-in' a mayores de 30 años

Abc.es 
La asociación FACUA ha denunciado ante la Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo de la Generalitat Valenciana a una empresa de apartamentos turísticos de Valencia por restringir a 30 años la edad mínima para poder hacer el check-in en sus habitaciones. La entidad, según afirma en un comunicado, ha comprobado que este alojamiento, a través de su anuncio en el conocido portal Booking, establece entre sus « normas de la casa » una restricción que se basa única y exclusivamente en la edad para poder realizar el registro de entrada y acceder al mismo. FACUA advierte en su misiva de que el check-in es un paso obligatorio que todos los usuarios deben de hacer antes de disfrutar del servicio de hospedaje contratado, bien sea un hotel, un hostal o un apartamento turístico. De este modo, que esta empresa «imponga una edad mínima superior a la mayoría de edad para poder hacer este trámite carece de sentido alguno, ya que supone una discriminación hacia las personas con edad comprendida entre los 18 y los 29 años». Al respecto, el artículo 5 del Decreto 10/2021, de 22 de enero, del Consell, por el que se regula el alojamiento turístico en la Comunidad Valenciana establece que «el acceso a los establecimientos de alojamiento turístico es libre para quienes hayan contratado los servicios, sin que pueda discriminarse por razón de sexo, nacionalidad, origen racial o étnico, edad, orientación sexual, identidad y expresión de género, grupo familiar, desarrollo sexual, diversidad funcional o discapacidad, religión o creencias, ideas políticas, pobreza, lengua, cultura, enfermedad, estética, cuerpo o cualquier otra condición o circunstancia personal o social». Asimismo, el artículo 12 de la Constitución Española señala que «los españoles son mayores de edad a los dieciocho años». Además, el artículo 246 del Código Civil deja claro que los mayores de edad pueden «realizar todos los actos de la vida civil, salvo las excepciones establecidas en casos especiales por este Código». De este modo, no tiene ningún fundamento hacer dicha limitación a las personas con edades comprendidas entre los 18 y los 29 años. Por todo ello, FACUA ha pedido a la Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo que abra un expediente sancionador contra los citados apartamentos turísticos al entender que con dicha discriminación por edad se están vulnerando los derechos de los potenciales huéspedes. Hace tres semanas, la Generalitat anunció que dará de baja a partir de enero a más de 34.000 viviendas de uso turístico de su registro, al no poseer datos esenciales ni la documentación preceptiva requerida en el decreto Ley 9/2024, de 2 de agosto, de modificación de la normativa reguladora de estas habitaciones. La consellera de Innovación, Industria, Comercio y Turismo, Marián Cano, criticó entonces que este registro « creció de manera incontrolada » durante los ocho años del Gobierno socialista de Ximo Puig, con «un incremento de más del 160 % y un registro en el que no había ningún control» sobre aquellos establecimientos que no contaban con los datos y documentos esenciales, que imponía la propia Ley de Ocio y Hospitalidad de 2018, aprobada por el tripartito de izquierdas. Según las comprobaciones realizadas por los técnicos de turismo, 47.159 viviendas de las más de 100.000 que componían el registro no contaban con datos esenciales y preceptivos y que la nueva normativa aprobada el mes de agosto ha obligado ahora a revisar. Desde Turisme, sostienen, se ha realizado en los últimos meses «un enorme esfuerzo de gestión» para abrir varios procedimientos extraordinarios y regularizar la situación de este parque de vivienda con carácter previo a la migración.

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