World News

El SEPE aclara la duda: ¿los desempleados tienen derecho a vacaciones mientras cobran una prestación?

Con la llegada del verano, son muchos los desempleados que se preguntan si pueden disfrutar de sus vacaciones mientras perciben una prestación por desempleo. Para despejar todo tipo de confusiones, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) clarifica esta cuestión en su página web. Según el SEPE, durante el periodo en el que se recibe esta prestación, "no tienes derecho a disfrutar de vacaciones", ya que no se es considerado un trabajador en activo.

Así, el SEPE recuerda que los beneficiarios de prestaciones por desempleo deben cumplir con una serie de obligaciones. Estas incluyen la búsqueda activa de empleo, la participación en acciones que mejoren las posibilidades de encontrar trabajo, y la comparecencia ante la entidad gestora cuando se les requiera. Estas obligaciones son fundamentales para mantener el derecho a la prestación y para facilitar la reintegración en el mercado laboral.

Salidas al extranjero: una excepción permitida

Aunque los desempleados no tienen derecho a vacaciones, el SEPE permite una excepción: salir al extranjero por un periodo no superior a quince días naturales, una sola vez al año. Siempre y cuando "ello no implique incumplimiento de tus obligaciones". Es decir, el desempleado debe seguir buscando empleo activamente entre el resto de requerimientos anteriormente nombrados, incluso durante este breve periodo fuera del país.

En términos generales, el SEPE indica que deben informar al servicio tan pronto como ocurra cualquier situación que implique una modificación respecto al momento en el que el desempleado solicitó la prestaciones. Esto incluye cambios de domicilio, traslados a otra población, viajes al extranjero o la salida del ámbito de protección del subsidio agrario si eres un trabajador eventual del Sistema Especial Agrario de la Seguridad Social.

Es decir, no es necesario que los usuarios justifiquen su salida del país, pero sí deben notificarlo al SEPE a través de los canales oficiales, ya sea online o de manera presencial, para evitar que su salida coincida con cualquier citación obligatoria o curso de formación. Durante este período, se podrá continuar recibiendo las prestaciones por desempleo sin interrupciones, siempre que se complete y entregue el formulario de Comunicación de salida/traslado al extranjero.

Además, según recoge elEconomista, el SEPE contempla también una salida superior a dicha quincena y hasta los 90 días, aunque en este caso la prestación se interrumpe hasta el regreso del desempleado a España, siempre que el motivo del viaje haya sido la búsqueda de empleo, la realización de una formación que facilite esta búsqueda o por acciones de cooperación internacional.

Para estancias superiores a 90 días y hasta un año, es necesario justificar que la salida es por dichas razones mencionadas; la prestación se suspende y puede reanudarse si el retorno ocurre antes de un año. Si la estancia supera los 12 meses y no se encuentra trabajo, la prestación se extingue definitivamente.

La importancia de cumplir con las normativas del SEPE

Incumplir las obligaciones establecidas por este organismo puede conllevar sanciones que van desde la suspensión temporal de la prestación hasta la pérdida definitiva del derecho a la misma. Por tanto, es crucial que los desempleados estén bien informados sobre las condiciones al percibir esta ayuda.

El SEPE recuerda también que "en el el caso de incumplimiento de una obligación que esté justificado, tienes que presentarte en la oficina de prestaciones de forma inmediata a la finalización de la causa que lo provocó".

Читайте на 123ru.net