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Estas son las graves sanciones que pueden hacer que el SEPE te retire el subsidio para mayores de 52 años

Estar en situación de desempleo, para muchos, es liberador, ya que mientras buscas un nuevo empleo o transicionas a un mejor puesto no estás sujeto al estrés y exigencia que acompaña la laboralidad. No obstante, para muchos otros es un tiempo estresante, ya que no saben, siquiera, si van a conseguir, de nuevo, un trabajo.

Ese es el caso para los mayores de 52 años, ya que teniendo la fecha de jubilación tan próxima y que normalmente han ocupado puestos de responsabilidad por veteranía en sus empresas, tienen una tasa de reinserción laboral más baja que otras franjas de edad.

Es por ello que el Servicio Estatal de Empleo Público (SEPE) puso en marcha un subsidio para este grupo, siendo uno de los más útiles y versátiles ya que se cobra de manera indefinida hasta encontrar un nuevo puesto a jornada completa o llegar a la edad de jubilación, cotizando también para esta.

No obstante, esta prestación puede llegar a perderse si no se cumplen unos determinados requisitos y obligaciones. Uno de estos requerimientos es que se presente una declaración anual de rentas, con una cantidad que no tienen que superar el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), aunque existen más:

  • Estar desempleado.
  • Tener 52 años o más en la fecha en que se cumplan los requisitos para acceder al subsidio. No obstante, este requisito no es imprescindible.
  • Estar inscrito como demandante de empleo durante un mes desde que se agote la prestación por desempleo.
  • Cumplir el acuerdo de actividad que está incluido en la solicitud de subsidio.
  • Acreditar que reúne todos los requisitos, salvo la edad, para acceder a la jubilación (es decir, haber cotizado al menos 15 años, de los cuales 2 años han de estar dentro de los últimos 15).

Aunque se cumplan estos requisitos, esto no quiere decir que el usuario se tiene que olvidar de cumplir con obligaciones y no cometer ciertos actos punibles que hagan al SEPE retirarle la prestación.

Lista de sanciones

El organismo, en este sentido, clasifica las infracciones cometidas en función de su gravedad, siendo sus sanciones graduales, ya que pueden ir desde la retirada de la prestación un mes hasta su pérdida total. Para empezar, las de carácter leve, que pueden hacer que se deje de proporcionar la ayuda hasta un máximo de seis meses, son las siguientes:

  • No acudir a citas sin causa justificada con los gestores de empleo.
  • No asistir sin causa justificada a las convocatorias del SEPE o agencias de colocación
  • No justificar ausencias o retrasos en las actividades requeridas por el SEPE.
  • No cumplir con la búsqueda activa de empleo o formación.
  • No comunicar cambios de domicilio o medios de contacto.
  • No renovar la demanda de empleo.

Realizar una de estas infracciones se sanciona con un mes sin prestación, la segunda tres meses, a la tercera ya son seis meses y, a la cuarta, el organismo retirará la ayuda al usuario beneficiario.

Sanciones graves

En cuanto a las graves, estas sanciones son más dolosas, ya que a la tercera infracción ya se retira el subsidio:

  • No avisar al SEPE de la baja en la prestación al dejar de cumplir los requisitos.
  • Rechazar una oferta de empleo sin justificación.
  • Negarse a participar en programas de formación, empleo y orientación laboral.

Sanciones muy graves

En caso de realizar una única acción de esta categoría significa la retirada inmediata de la prestación para mayores de 52 años.

  • Falsificar documentos para seguir cobrando el subsidio para mayores de 52 años.
  • Compatibilizar el cobro del subsidio con el sueldo de un trabajo por cuenta propia o ajena, salvo en las excepciones permitidas.
  • Actuar junto a un empleador para cobrar un subsidio de forma fraudulenta.
  • Desviar el dinero de la ayuda a otros fines que no sean los marcados por el Servicio Público de Empleo Estatal.

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