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El TC admite el recurso del PP contra la amnistía y rechaza por ahora apartar a Macías

El Tribunal Constitucional (TC) ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad del PP contra la Ley de Amnistía, el segundo que acuerda tramitar tras la cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Tribunal Supremo (TS) contra la polémica norma. El Pleno ha acordado además por unanimidad -como adelantó LA RAZÓN- rechazar por "prematura" la recusación del magistrado José María Macías planteada por la Abogacía del Estado, que sin embargo previsiblemente volverá a reclamar que se aparte al exvocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) por haber firmado sendos informes en contra de la ley cuando formaba parte del órgano de gobierno de los jueces.

La Abogacía del Estado alegó para dejar a Macías fuera del debate del recurso del PP contra la Ley de Amnistía (la Fiscalía también le ha recusado en la cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Supremo) que incurre en causa de abstención por haber ocupado "cargo público o administrativo con ocasión del cual haya podido tener conocimiento del objeto del litigio y formar criterio en detrimento de la debida imparcialidad".

Pero sin entrar a valorar el fondo del asunto (sobre el que no existirá la unanimidad mostrada en este caso si, como parece, los Servicios Jurídicos del Estado reiteran su recusación), el Pleno hacen hincapié en que el incidente de recusación se presentó el pasado 20 de septiembre, "antes de que el Pleno se haya pronunciado acerca de la admisibilidad a trámite del presente recurso de inconstitucionalidad", un hecho que por sí solo determina la inadmisión de la recusación planteada "por su carácter prematuro", al haberse formularse "fuera del plazo".

El recurso del PP

El PP asegura en su recurso contra la ley que la Constitución "no hace mención alguna a la amnistía" y que la medida de gracia "invade el espacio constitucionalmente reservado" al Poder Judicial. Para los populares la ley es "claramente inconstitucional" y recuerdan que así lo "reconoció expresamente y por escrito" el Gobierno» en los expedientes de los indultos del "procés". "Vulnera frontalmente derechos y principios estructurales del Estado democrático y de Derecho", defiende el PP, que pone de relieve en su recurso que el Poder Legislativo no puede "impedir a los jueces y tribunales enjuiciar actos que, con carácter general, se siguen considerando delictivos o ejecutar las correspondientes sentencias condenatorias". Eso supone, denuncia, "crear espacios singulares de inmunidad o de ausencia de jurisdicción, sin que exista una habilitación constitucional para tan intensa derogación de la división de poderes".

La formación que dirige Alberto Núñez Feijóo entiende que la norma vulnera, entre otros, el principio de igualdad porque "supone que personas que incurren en los mismos tipos delictivos, sin embargo, reciben un trato normativo radicalmente diferenciado" en función de si los hechos se han cometido o no en el marco del proceso soberanista en Cataluña. Consagra así, se queja el PP, "un ámbito de inmunidad penal que se aplica a determinadas personas; mientras la generalidad de la ciudadanía queda sometida a los tipos penales tipificados en el Código Penal".

Del mismo modo, añade, la Ley de Amnistía infringe tanto el derecho a la tutela judicial efectiva como el principio de legalidad penal, que excluye las "leyes singulares" que suponen "la creación de un privilegio personal de impunidad, contradictorio con la generalidad del derecho penal".

El PP recuerda que hasta las elecciones generales del 23J del pasado año "existía un consenso prácticamente generalizado sobre la inconstitucionalidad de la amnistía". Hasta el punto de que, subraya, el Código Penal "había eliminado la amnistía como forma de extinción de la responsabilidad criminal".

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