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Tribunal reprodujo estereotipos de género en juicio por intento de femicidio

Una mujer presentó una denuncia por tentativa de femicidio, luego de haber sufrido violencia física y psicológica de parte de quien fue su pareja durante dos años. No obstante, un primer tribunal liberó al acusado con base en estereotipos que restan credibilidad a las víctimas de violencia. Uno de estos es que, si la víctima busca cercanía con su agresor, se reduce la credibilidad de su testimonio, o también si le envía mensajes románticos. En una segunda instancia, los jueces de Apelación anularon la sentencia y ordenaron un nuevo juicio.

La denunciante relató un patrón de agresión que incluía golpes, amenazas y control psicológico, lo que le hizo temer por su seguridad. El caso empeoró el 13 de julio del 2019, cuando el hombre se presentó a su vivienda e intentó quitarle la vida con un cuchillo. Esa noche, los golpes la enviaron a una clínica, en donde estuvo internada.

Según el testimonio de la víctima, al sentirse atrapada en la relación, no pudo denunciar los abusos de inmediato. Cuando finalmente lo hizo, presentó pruebas que incluían testimonios de amigos y familiares, quienes corroboraron las actitudes de su agresor.

En una primera instancia, en el 2022, el Tribunal Penal de San José absolvió al acusado. Concluyó que las pruebas no eran suficientes para sustentar la denuncia. Desestimó la evidencia por dudas sobre las circunstancias previas al intento de femicidio, señalando que la víctima omitió mencionar que había enviado mensajes de “índole romántico” al imputado el día de los hechos.

El Tribunal también alegó duda porque, inicialmente, la víctima declaró que no había hecho visitas carcelarias a su expareja, pero luego admitió haberlas efectuado.

No obstante, el Tribunal de Apelación de San José anuló esa primera sentencia al señalar que la resolución de la jueza perpetuaba los estereotipos que restan credibilidad a las víctimas de violencia.

En la apelación, el fiscal argumentó que se ignoró la perspectiva de género al desestimar pruebas por dudas que no iban al fondo del asunto.

Se revictimizó a la víctima y se ignoraron mensajes clave

De acuerdo con el Tribunal de Apelación, la primera sentencia revictimizó a la mujer, al exigirle más detalles, aunque los hechos ocurrieron años atrás y en un contexto de violencia intrafamiliar. Esa forma de proceder desconoció los principios básicos de la psicología del testimonio, pues este tipo de violencia, caracterizada por su prolongación y aumento gradual, genera dinámicas que afectan la memoria y la forma en que las víctimas relatan los hechos.

La resolución también señaló que se analizaron de manera parcial los mensajes de texto, ya que el primer Tribunal no los comparó con la declaración de la víctima ni consideró mensajes clave. La omisión llevó a la jueza de primera instancia a concluir que la víctima buscó al agresor, basándose solo en algunos mensajes.

No obstante, en los mensajes completos, la víctima deja en claro que se encuentra en una clínica debido a los golpes recibidos y él le decía que la golpeaba por amor.

“Estoy en el CAIS (Centro de Atención Integral en Salud) por sus golpes. Por amor me golpea”, le escribió ella. Luego, le añadió “usted me golpeó, yo no le hecho nada”, a lo que él le responde: “Perdón bb. Me ciego de celos”.

Hostilidad institucional

El Tribunal de Apelación señaló que existe una hostilidad institucional en casos de violencia doméstica. A pesar de los avances en la sensibilización y la implementación de una perspectiva de género, persisten prejuicios, dijo.

El Tribunal de Apelación, integrado por las juezas Aura Murillo Mora, Alejandra Valenciano Chinchilla y el juez Edwin Esteban Jiménez González, revocó la sentencia de primera instancia y ordenó que el caso se reabriera, para ser evaluado nuevamente bajo un enfoque de género adecuado. El fallo fue emitido en julio del 2023.

El Tribunal subrayó que, en estos casos, es fundamental aplicar una visión que entienda las dinámicas de poder, control y miedo que las víctimas experimentan. Agregó que las pruebas testimoniales y psicológicas que la víctima había presentado deben ser tomadas en cuenta con mayor rigurosidad.

La sentencia también destacó la necesidad de garantizar que las víctimas de violencia reciban un trato justo y respetuoso, sin ser sometidas a cuestionamientos que refuercen estigmas o supuestos sobre cómo deben comportarse.

Conozca más detalles de esta sentencia en este enlace.

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