El Gobierno confina todas las explotaciones de aves de corral al aire libre por la gripe aviar
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) ha ordenado el confinamiento obligatorio de todas las explotaciones de aves de corral que se crían al aire libre para la prevención y control del contagio por gripe aviar.
Esta nueva decisión amplía a todo el país el confinamiento de las aves de corral, que desde el lunes pasado afectaba ya a unos 1.200 municipios españoles ubicados en las zonas consideradas de especial riesgo y vigilancia, con el fin de evitar el contacto con aves silvestres migratorias contagiadas.
Según el Ministerio, se trata de un refuerzo de las medidas preventivas frente a la influenza aviar, ante el aumento del riesgo de expansión de esta enfermedad altamente infecciosa.
La medida, publicada este jueves en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y de entrada en vigor inmediata, afecta a todas las granjas avícolas al aire libre en cualquiera de los métodos existentes de cría, incluidas las explotaciones ecológicas, las de autoconsumo y aquellas que produzcan huevos o carne para venta directa al consumidor.
La orden prohíbe la cría y mantenimiento al aire libre de aves de corral y otras aves cautivas. No obstante, las autoridades competentes podrán autorizar excepciones si se cumplen determinadas condiciones, como la instalación de telas pajareras u otros dispositivos que impidan el contacto con aves silvestres. En estos casos, las aves deberán alimentarse y abrevarse en el interior de las instalaciones o bajo refugio, evitando el acceso de fauna silvestre al alimento o al agua.
Asimismo, queda prohibida la cría conjunta de patos y gansos con otras especies de corral, así como el uso de agua procedente de depósitos accesibles a aves silvestres, salvo que se garantice la inactivación del virus mediante tratamiento adecuado. Los depósitos de agua exteriores requeridos por bienestar animal deberán estar suficientemente protegidos frente a las aves acuáticas.
La orden también prohíbe la presencia de aves de corral o cautivas en certámenes ganaderos, ferias, exhibiciones o celebraciones culturales, así como cualquier otra concentración de aves. Quedan exentas únicamente las aves mantenidas en establecimientos autorizados para su venta como animales de compañía o las destinadas a venta minorista a particulares.