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Víctor Arpa, abogado laboralista: "Cuando llega la edad de jubilación no te pueden quitar tu pensión de incapacidad"

La incapacidad permanente es una de las prestaciones más relevantes del sistema de la Seguridad Social, aunque también una de las más desconocidas por los trabajadores. Se concede cuando una persona, tras haber recibido tratamiento médico, presenta reducciones anatómicas o funcionales graves que disminuyen o anulan su capacidad laboral de forma previsiblemente definitiva. Existen distintos grados reconocidos oficialmente y cada uno conlleva consecuencias económicas y profesionales diferentes, desde la posibilidad de seguir trabajando hasta la retirada completa del mercado laboral.

Entre los datos clave que todo trabajador debería conocer figura que la incapacidad permanente no siempre implica dejar de trabajar ni percibir la misma cuantía. Factores como la base reguladora, el grado reconocido y el origen de la contingencia determinan la pensión o indemnización a percibir. Además, la prestación puede ser revisada con el paso del tiempo por mejoría, agravamiento o error de diagnóstico, lo que puede suponer tanto un aumento como una reducción o incluso la extinción del derecho, una circunstancia que suele generar incertidumbre entre los beneficiarios.

Por otro lado, más desconocidas son las situaciones excepcionales que se aplican en casos anómalos y que pueden resultar decisivas. Entre ellas se encuentran los complementos por necesidad de tercera persona, la compatibilidad parcial con determinadas actividades laborales o la posibilidad de acceder a la incapacidad permanente aun sin estar trabajando en el momento del hecho causante. También existen plazos y requisitos específicos que, si no se cumplen correctamente, pueden cerrar la puerta a la prestación, lo que explica la importancia de contar con información especializada para no perder derechos reconocidos por la ley.

¿Qué pasa con mi pensión por incapacidad al jubilarme?

Víctor Arpa, abogado laboralista que se ha dado a conocer por su contenido en redes sociales sobre los derechos laborales de los asalariados, explica qué sucede con tu condición de incapacidad permanente cuando llegas a la edad de jubilación y cómo se complementa con la pensión correspondiente. "Ojo con esto porque casi nadie lo sabe y genera muchísimo miedo, Si estás cobrando una incapacidad permanente seguro que alguna vez has pensado: ¿Y cuando llegue a la edad de jubilación me la pueden quitar? La respuesta es clara, no", comienza explicando el profesional del derecho laboral.

"Cuando llegas a la edad de jubilación, la Seguridad Social ya no puede revisarte la incapacidad por mejoría. Lo que hace la ley es muy sencilla, tu pensión de incapacidad cambia de nombre y pasa a llamarse pensión de jubilación, pero ojo a esto: cobras lo mismo, te retienen lo mismo, no te recalculan y ya no hay más tribunal médico por mejoría", enumera el abogado en relación a todos los supuestos que se deben de cumplir. Todas estas condiciones han de ser mantenidas durante el periodo de jubilación.

Para un mejor entendimiento, Arpa expone un supuesto en el que un trabajador cobra una cuantía específica y llega al fin de su vida laboral. "Mira te pongo un ejemplo, si cobras 1.200 euros de incapacidad y cumples la edad de jubilación sigues cobrando exactamente esos 1.200 euros, pero ya como jubilado, pero solo hay una excepción importante", agrega. En este caso, el experto incide en el único supuesto en el que se puede "incumplir" lo antes mencionado para revisar las condiciones del trabajador, ahora jubilado.

La única excepción de revisión a partir de tu jubilación

Arpa aclara la única excepción que contempla el marco legal respecto a este materia, que, a fin de cuentas, resulta beneficiosa para el incapacitado. "Si tu incapacidad viene de una enfermedad profesional sí se puede pedir revisión incluso después de jubilarte, pero solo para subir el grado nunca para quitártela", sentencia. En este contexto, una última revisión puede servir como ayuda para mejorar las condiciones del afectado. "Así que si tienes una incapacidad permanente tranquilidad, al llegar a la jubilación tu pensión queda blindada", concluye como mensaje final del vídeo.

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