World News

El SEPE avisa: estos mayores de 52 años podrían quedarse sin el subsidio

El paro es una prestación contributiva destinada a proteger a quienes, pudiendo y queriendo trabajar, hayan perdido su empleo de forma temporal o definitiva o hayan visto reducida temporalmente su jornada entre un 10% y un 70%, según explica el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Sin embargo, esta ayuda solo puede cobrarse durante un máximo de 720 días, es decir, aproximadamente dos años.

Cuando ese periodo se agota, muchos trabajadores aún no han logrado reincorporarse al mercado laboral. En estos casos, no les queda otra opción que recurrir a otras ayudas económicas de la Seguridad Social, como los distintos subsidios por desempleo.

El subsidio para mayores de 52 años es una ayuda que otorga la administración pública a aquellos trabajadores que han agotado por completo la prestación por desempleo, que no pueden acogerse a una jubilación anticipada y además no disponen de rentas que les permitan vivir dignamente. La cuantía mensual de este subsidio es igual al 80% del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM), por lo que los beneficiarios recibirán 480 euros al mes (80% de 600 euros).

La edad es un requisito determinante: es obligatorio tener 52 años cumplidos en el momento de encontrarse en una de las situaciones que dan derecho al subsidio. Además, el solicitante debe estar inscrito como demandante de empleo y haber suscrito el acuerdo de actividad en el momento en que se reconoce el derecho. Junto a ello, se exige haber cotizado al menos seis años por desempleo a lo largo de la vida laboral y cumplir la carencia de rentas, que implica no superar el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en ingresos mensuales.

Otro aspecto clave es que, para acceder a esta ayuda, el trabajador debe reunir todos los requisitos —excepto la edad— para una futura pensión contributiva de jubilación. Si la persona no tenía 52 años al agotar la prestación contributiva, podrá solicitar el subsidio al cumplirlos, siempre que haya mantenido la inscripción ininterrumpida como demandante de empleo.

¿Quiénes podrían quedarse sin el subsidio?

La normativa también establece limitaciones que dejan fuera a determinados perfiles. No pueden acceder quienes hayan cobrado o agotado la Renta Activa de Inserción, el subsidio extraordinario por desempleo o la prestación por cese de actividad. Además, si el solicitante cumple los requisitos al reanudar un subsidio previo, el hecho causante será la propia reanudación. El derecho comienza el día siguiente al hecho causante, si la solicitud se presenta dentro de los 15 días hábiles; si se presenta fuera de plazo, se pierden días de ayuda.

Durante el cobro del subsidio, el beneficiario debe encontrarse en desempleo total o trabajando a tiempo parcial, y el SEPE cotiza por él para su futura jubilación. En materia de rentas, se tienen en cuenta tanto los ingresos del solicitante como, en determinados casos, los de la unidad familiar, siempre respetando el límite del 75% del SMI.

Читайте на сайте