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Los bancos no pueden cobrar comisiones e intereses de demora por una misma deuda

El Tribunal Supremo se ha vuelto a confirmar sobre los costes asociados a los descubiertos en cuenta y  ha confirmado una sentencia, que afirma que los bancos no pueden aplicar a un cliente, al mismo tiempo, intereses de demora y una comisión por el mismo concepto de deuda, salvo que la entidad demuestre que la comisión responde a un servicio real y distinto al de los intereses.

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