La empresa ya no puede pedirte el parte de baja: así funciona la nueva normativa laboral
La baja médica es, en palabras de la Seguridad Social, un subsidio diario que "cubre la pérdida de rentas del trabajador producida por enfermedad común o accidente no laboral, enfermedad profesional o accidente de trabajo y los períodos de observación por enfermedad profesional".
Desde hace casi tres años, los trabajadores no están obligados a entregar a su empresa el parte médico cuando se encuentran de baja laboral. Desde el 1 de abril de 2023, el procedimiento cambió por completo: es el propio médico quien envía la información directamente a la Seguridad Social, y es esta la que comunica a las empresas la situación del empleado.
El abogado laboralista Víctor Arpa ha recordado esta normativa a través de su cuenta de TikTok. En este vídeo explica que muchas compañías siguen pidiendo a los trabajadores que envíen el parte por WhatsApp, correo electrónico o incluso fotografías del documento. "Si estás de baja médica, tu empresa no puede molestarte. Desde el cambio de ley, el trabajador ya no tiene que mandar el parte de baja a la empresa. Eso se acabó", señala.
Según detalla Arpa, el médico envía la baja directamente a la Seguridad Social, que a su vez informa a la empresa. Por tanto, en el caso de que el jefe escriba al empleado pidiéndole el parte, este no tendrá la obligación de enviarlo. "Ni fotos, ni escaneos, ni correos. La empresa tiene que consultarlo por sus propios medios", asegura el letrado.
Además, el abogado recuerda que, durante una baja médica, el contrato está suspendido: el trabajador no tiene que trabajar ni estar pendiente del móvil. "Esto enlaza con otro derecho muy importante, el derecho a la desconexión digital. Estar de baja también es descanso. Solo pueden contactarte para una revisión médica de control, pero nada más. Si te escriben para presionarte, pedir papeles o preguntarte cuándo vuelves, eso no es legal", concluye.
¿Qué establece la Seguridad Social?
La Seguridad Social detalla en su web cómo funciona el proceso actualmente:
- El Servicio Público de Salud, la mutua o la empresa colaboradora remite por vía telemática los datos de los partes médicos de baja, confirmación y alta al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
- Las empresas pueden consultar esta información a través del Fichero INSS Empresas. Si el empleador no está obligado a usar el Sistema RED, las comunicaciones se envían por correo ordinario y SMS. La información también está disponible en la sede electrónica de la Seguridad Social.
- Las empresas deben remitir al INSS, en un plazo máximo de tres días hábiles y mediante el Sistema RED, los datos económicos del parte de baja. Ya no tienen que enviar los datos económicos de los partes de confirmación ni de alta, lo que simplifica el proceso.
- Este sistema busca reducir trámites para el trabajador, evitar presiones indebidas durante la baja y garantizar que la comunicación entre administraciones y empresas sea más ágil y segura.