El Tribunal Superior de Justicia de Madrid admite a trámite una demanda por "graves anomalías" en el Consejo de la Policía
Tras casi cuatro décadas rigiéndose por un reglamento "provisional", el Consejo de la Policía será sometido a examen después de que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid admitiera a trámite una demanda por "graves anomalías estructurales" en su funcionamiento. Así, será la primera vez en 38 años que se cuestione judicialmente al órgano encargado de negociar las condiciones laborales de la Policía Nacional.
El artífice de esta demanda, admitida a trámite por la Sala de lo Contencioso-Administrativo, es el sindicato Equiparación Ya (EYA), que ya advirtió en el pasado de que estas "graves anomalías" estaban convirtiendo el Consejo de la Policía en "un órgano meramente formal, sin capacidad real de negociación ni de resolución efectiva de conflictos laborales". Es más, su reglamento, que se aprobó con carácter provisional en 1987 debe ser sustituido por uno definitivo en el plazo de un mes, como establece la Ley Orgánica 2/1986 de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
En su escrito, este sindicato señala que los representantes sindicales no tienen capacidad real de decisión en el Consejo de Policía, pese a haber sido diseñado como un órgano paritario. "Cuando no se alcanza acuerdo entre las partes, el reglamento establece que el asunto se eleva al órgano competente de la Administración, lo que provoca que la decisión final recaiga unilateralmente en el Gobierno", denuncian. Por no hablar de que la Presidencia del Consejo corresponde al propio Ministerio del Interior, lo que "convierte al órgano en un espacio donde la Administración actúa como juez y parte en los conflictos laborales".
"Derecho de veto" de Marlaska
Y por si esto fuera poco, el propio reglamento establece un sistema que hace el texto "prácticamente irreformable", ya que se necesita no solo la mayoría absoluta del Consejo sino una aprobación posterior de la Administración. En este sentido, al ser un órgano paritario, basta con que la Administración vote en contra para bloquear cualquier modificación. Es decir, el Ministerio del Interior, que dirige Fernando Grande-Marlaska, tiene en la práctica "un derecho de veto estructural".
Son muchos los incumplimientos, ante la pasividad y la falta de respuestas de los máximos responsables. La primera afecta de lleno a la propia convocatoria del Consejo: si bien el reglamento establece que el Pleno debe reunirse una vez cada dos meses, al menos, desde 2019 solo se han celebrado seis plenos ordinarios y tres extraordinarios. Y lo mismo ocurre con las comisiones, donde las irregularidades se tornan aún más graves.
Según manifiesta el sindicato EYA en su escrito, la Comisión de Asuntos Económicos, creada en 1996 para tratar cuestiones retributivas, nunca ha sido convocada, mientras que la Comisión de Personal mantiene una composición basada en acuerdos de hace casi treinta años, incluyendo sindicatos y cargos que ya no existen.
Además, los agentes también denuncian la celebración de reuniones sin respetar el quórum mínimo exigido por el reglamento, lo que podría "comprometer la validez de las decisiones adoptadas". En este punto, subrayan que los 22 conflictos colectivos planteados desde 1987 se han resuelto siempre "sin resultados favorables para los policías", una muestra más del "fracaso" del modelo actual de mediación.
Sin equiparación ni jubilación digna
En su demanda, Equiparación Ya denuncia también la "fuerte desproporción" en la representación sindical por escalas. Así, señalan que hay ocasiones en las que un vocal es elegido con apenas 246 votos en la Escala Superior, mientras que en la Escala Básica se han necesitado más de 3.000 votos. Esta situación provoca que representantes elegidos "con porcentajes mínimos del censo policial" participen en decisiones que afectan a más de 71.000 agentes.
"Han sido demasiados años de silencio ante un órgano donde, pese a la apariencia de negociación, las decisiones siempre terminan dependiendo exclusivamente de la Administración", matizan desde el sindicato. "No nos extraña que las pagas extraordinarias de los policías nacionales sigan recortadas desde 2009. Eso solo es la punta del iceberg. Y también entendemos por qué las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado siguen sin una jubilación en igualdad con las policías autonómicas y locales o por qué todavía no existe una ley de retribuciones que garantice la verdadera equiparación salarial", denuncian desde EYA.
En definitiva, subrayan que "en el Consejo de Policía los sindicatos no tienen capacidad para tomar decisiones ni influencia real: su voto, sencillamente, no vale". Y es por este motivo por el que han recurrido a las dos únicas vías de presión para obtener cambios: la paralización del funcionamiento del Consejo mediante la ausencia de quórum, lo que impediría la emisión de informes preceptivos necesarios para determinadas normas y permitiría impugnar judicialmente decisiones adoptadas sin cumplir el reglamento. Mecanismo que se conoce como conflicto colectivo permanente o indefinido.
Puesto que el sindicato ya había declarado el conflicto colectivo permanente, recurre ahora a la segunda vía, la impugnación judicial del propio reglamento. Su objetivo es conseguir su derogación y la aprobación de un nuevo marco normativo que garantice una participación sindical real y efectiva en la toma de decisiones.