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Diputada promovió y votó proyecto de ley que beneficiaría a sociedad de su familia

La diputada Cindy Murillo Artavia, del Partido Pueblo Soberano (PPSO), promovió y votó positivamente en dos debates el proyecto de ley 22981, con el que la Asamblea Legislativa autoriza la actividad turística y productiva en el lago Arenal y sus alrededores, pese a que beneficiaría directamente a una sociedad vinculada a su familia, la cual es propietaria de un terreno donde opera un hotel a orillas del embalse.

Así lo dio a conocer el medio La Voz de Guanacaste. La iniciativa legaliza la actividad turística dentro del área silvestre protegida.

El proyecto, ya convertido en la ley 10963, crea el área silvestre protegida Paisaje Nacional Espejo de Agua Embalse Arenal, con una categoría de protección de “paisaje nacional protegido”. La norma permite cierta apertura para actividades productivas de subsistencia y turísticas de bajo impacto, tanto en el embalse, de 87 kilómetros, como en el área que va desde la ribera hasta los 548,58 metros sobre el nivel del mar.

Se avalan actividades como pesca de subsistencia o consumo doméstico, de fomento, turística, deportiva y acuicultura. También, se incluye la actividad recreativa acuática, el transporte acuático e infraestructura turística y recreativa de bajo impacto, incluyendo la construcción de atracaderos turísticos.

El día que los diputados dieron el primer debate del proyecto, el pasado jueves 28 de mayo, Cindy Murillo tomó la palabra para exponer las razones por las que votaría a favor de la propuesta y señaló que era un acto de justicia con las familias de los antiguos pueblos que fueron anegados para crear el embalse Arenal, es decir, Viejo Arenal y Viejo Tronadora.

“Muchas de esas familias ya no están aquí para defender este proyecto, pero estamos, sus hijos y sus nietos, levantando la voz por ellos“, dijo la congresista del gobierno.

También declaró, desde su curul, que la razón de estar en el Congreso es para “defender a mis pueblos y levantar la voz por esas familias que durante 50 años están esperando justicia”.

Murillo Artavia agradeció a la presidenta de la República, Laura Fernández, por convocar el proyecto en sesiones extraordinarias y, con ello, permitir su votación.

Las declaraciones constan en el acta de la sesión ordinaria n.º 17 del plenario legislativo del 28 de mayo de 2026.

El negocio familiar de Cindy Murillo

A orillas del lago Arenal se encuentra el Tinajas Arenal Lakefront Lodge, ubicado en la finca 237221. Este es un terreno de 1.916 metros cuadrados propiedad de la sociedad anónima Jhasu de Arenal, según consta en el Registro Nacional de la Propiedad.

En certificación literal del Registro Nacional consta que la sociedad Jhasu de Arenal S. A. tiene como miembros de su junta directiva a Simón Murillo Marín, padre de la diputada Cindy Murillo, como presidente de la junta directiva de la sociedad, y a Xinia Artavia Conejo, madre de la legisladora, como secretaria de la junta de esa misma sociedad.

Además, la diputada Murillo Artavia aparece como tesorera de la sociedad, mientras que una hermana figura como la fiscal. La sociedad fue inscrita ante el Registro Nacional de Personas Jurídicas el 20 de marzo de 2018.

Adicionalmente, en el Registro Nacional consta otra propiedad cercana al negocio familiar, de 474 metros cuadrados, con el número de finca 134134, cuya propietaria es la diputada oficialista Cindy Murillo Artavia, en solitario.

La Nación intentó conversar con la diputada y consultarle las razones de votar un proyecto de ley que beneficiaría a un negocio familiar, pero no se recibió respuesta telefónica ni vía WhatsApp. Tampoco se recibió alguna respuesta, a la hora de cierre, del encargado de prensa de la fracción del PPSO.

Eventual conflicto de interés

El Reglamento de la Asamblea Legislativa establece, en su artículo 105, que es imposible para los diputados retirarse del plenario cuando se vaya a votar un asunto; establece que están obligados a dar el voto, sea afirmativo o negativo, de los asuntos.

Sin embargo, el mismo artículo también establece que un congresista puede excusarse de dar su voto sobre un asunto, y se le permite retirarse del recinto, cuando considere que el asunto en discusión puede “otorgar de forma directa un beneficio para sí mismo, para su cónyuge, compañero, compañera, sus parientes incluso hasta el tercer grado de consanguinidad o afinidad, o para las empresas en las que él o ella posea participación accionaria”.

Criterios emitidos por el Departamento de Servicios Técnicos de la Asamblea Legislativa (específicamente el AL-DEST-CJU-082-2018 y AL-DEST-CJU-084-2018), por la Procuraduría General de la República e, incluso, jurisprudencia de la Sala Constitucional establecen que los diputados están obligados a cumplir, por mandato constitucional, con el deber de probidad, e inhibirse de votar cualquier asunto que les genere un conflicto de interés.

“El incumplimiento del deber de probidad del diputado se produce cuando, en la votación del asunto, está de por medio un interés realmente personal, no así institucional o gremial, y con ello recibe un beneficio a nivel de sus intereses personales”, expone el criterio 822018 de Servicios Técnicos.

Por otra parte, el artículo 48 de la ley 8422, Ley contra la corrupción y el enriquecimiento ilícito, establece sanciones para el funcionario que vote una ley que le beneficia directamente, a su familia o empresas.

El artículo 48 de esa ley sanciona con prisión, de uno a ocho años, a quien participe con su voto favorable en leyes que otorguen beneficios para sí mismo, sus parientes hasta el tercer grado de consanguinidad o afinidad, o para las empresas en las que el funcionario público o sus parientes, incluso hasta el tercer grado de consanguinidad o afinidad, posean participación accionaria.

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