Fin a la batalla entre acampar y estacionar: España define las condiciones para campers y autocaravanas
España ha actualizado el Reglamento General de Circulación para definir por primera vez a nivel nacional las condiciones en las que una autocaravana o camper puede considerarse correctamente estacionada. Porque, aunque estacionar ya estaba permitido en la mayoría de los casos, la nueva regulación aporta mayor seguridad jurídica y ayuda a evitar interpretaciones diferentes según el municipio. Así que, ¿cuándo se considera estacionada una camper? Una camper o autocaravana puede estacionar como cualquier otro vehículo siempre que no se desplieguen elementos fuera de su perímetro (toldos, mesas o sillas). Elevar el techo está permitido. También mientras descanse sobre sus neumáticos (se permiten calzos de seguridad); y cuando no se viertan fluidos procedentes del habitáculo. ¿Y qué se considera acampada? La acampada en vía pública no está permitida. Se considera acampada desplegar un toldo, sacar mesas o sillas al exterior, extender elementos que sobresalgan del perímetro del vehículo, ocupar espacio exterior con mobiliario o equipamiento de camping; y verter aguas grises, aguas negras u otros fluidos procedentes del habitáculo.