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JNJ programa 2 audiencias contra Delia Espinoza en casos donde se propone su destitución

La Junta Nacional de Justicia (JNJ) programó dos audiencias para el 25 de agosto a fin de escuchar los descargos de Delia Espinoza, decana del CAL, sobre dos procesos disciplinarios que se abrieron en su contra por supuestas faltas cuando fue fiscal de la Nación. En ambos casos, los informes proponen destituirla.

De acuerdo con las citaciones, difundidas por Maz Media TV, la primera audiencia se desarrollará a las 10.50 a.m, y responde al vicepresidente de la JNJ, Víctor Chanduví. Se trata de una investigación contra Espinoza por haber planteado un requerimiento de suspensión de derechos contra Tomás Gálvez para que no retorne como fiscal supremo al Ministerio Público.

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La segunda audiencia será a las 11.10 a.m, y responde a un informe de la presidenta de la JNJ, María Teresa Cabrera. En este caso, la Junta cuestiona a la decana del CAL por el tiempo que le tomó una investigación contra Alejandro Soto, quien en ese entonces se desempeñaba como congresista. Además, por haber sostenido una reunión con él cuando el caso estaba abierto.

PJ suspende condición de agremiado de Gino Ríos en el CAL

Este no es el único choque entre la JNJ y Delia Espinoza. El último 12 de junio, el Poder Judicial suspendió provisionalmente la condición de agremiado de Gino Ríos Patio, miembro de la JNJ, a quien el CAL rechazó su renuncia.

La institución liderada por Espinoza negó la renuncia a Ríos Patio argumentando que registraba tres multas electorales del 2022 y mantenía una investigación en la Dirección de Ética en la que se pedía su suspensión por seis meses.

Sin embargo, el 10.º Juzgado Constitucional de Lima a cargo del juez Omar Alfredo González Gulmaray, indicó que las razones del CAL no son argumentos válidos para retener a alguien como integrante de una institución de la que no quiere formar parte.

Además, resaltaron que ello no implica que la investigación contra Ríos en el CAL continúe. "No implica desconocer la posibilidad de que el Colegio de Abogados de Lima pueda ejercer facultades disciplinarias o administrativas que es legal según el estatuto correspondiente respecto a los hechos ocurridos mientras el demandante ostentaba voluntariamente la condición de agremiado", se lee en la resolución.

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