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Foment lleva a la Audiencia Nacional que la tributación conjunta de Patrimonio e IRPF no supere el 50% de los ingresos

Lograr que la Audiencia Nacional eleve una cuestión la inconstitucionalidad contra el impuesto de Patrimonio. Ese es el objetivo que se ha marcado la patronal catalana Foment del Treball con su recurso para lograr que España incorpore el límite del 50% de los ingresos anuales en la tributación conjunta por el impuesto sobre la Renta y el del Patrimonio, y para que se declare que incumple la Constitución, que prohíbe expresamente que el sistema tributario sea confiscatorio.

El recurso de la patronal que preside Josep Sánchez Llibre busca que este alto tribunal promueva una cuestión de inconstitucionalidad, ya que el límite del 50% se corresponde con el umbral que el TEDH marcó como una cantidad no confiscatoria, así como algunos tratados internacionales suscritos por España. El recurso, firmado por el bufete Crowe Legal y Tributario, va dirigido contra la orden ministerial que aprueba el modelo de presentación y pago del Impuesto sobre el Patrimonio (IP).

Foment también denuncia que la orden contraviene los tratados internacionales suscritos por España, especialmente el Convenio de Roma y sus protocolos de desarrollo. En la actualidad, la ley que regula el impuesto de patrimonio establece que la tributación conjunta del IRPF y patrimonio no puede superar el 60% de la renta anual del contribuyente, pero fija una tributación mínima por el segundo, que puede hacer subir el umbral.

El recurso ante la Audiencia Nacional abre la puerta a Foment a acudir después a los tribunales europeos en el caso de ser desestimado. En primer lugar, Foment debería recurrir la no presentación de la cuestión al TC ante el Tribunal Supremo y posteriormente ante el TEDH. Si el Constitucional avala la constitucionalidad del impuesto también podría acudir al tribunal europeo.

La patronal acelera en su campaña contra el impuesto de Patrimonio por considerarlo confiscatorio argumentando que muchas personas acabar por pagar por patrimonio más que las rentas que obtienen en un año debido a la escasa rentabilidad de los activos.

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