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La Audiencia Nacional rechaza la petición de Villarejo de citar al exdirector del CNI como testigo

La Audiencia Nacional rechaza la petición de Villarejo de citar al exdirector del CNI como testigo

La Sala de Apelación rechaza la comparecencia de otras cinco personas y no celebrará una vista para examinar todos los recursos, como pedía la Fiscalía 

La Sala de Apelación de la Audiencia Nacional ha dado carpetazo a practicar una serie de pruebas solicitadas por José Manuel Villarejo. Entre ellas, el excomisario pedía que se citara a declarar como testigo al exdirector del CNI Félix Sanz Roldán. Así lo planteó en un recurso contra la primera sentencia del denominado caso Tándem, que condenó Villarejo a 19 años de cárcel por las piezas Iron, Land y Pintor. También cerró las puertas a celebrar una vista específica para examinar todos los recursos.

Los magistrados creen que en el recurso de Villarejo no se justifica la pertinencia y relevancia de la declaración como testigo del exdirector del CNI en las tres piezas objeto de enjuiciamiento y tampoco se acredita el conocimiento personal que pudo tener de los hechos que se juzgaron.

"No se acierta a ver la relación que puede guardar el CNI o su exdirector con las actividades llevadas a cabo por particulares o empresas en el marco de conflictos privados y respecto de los cuales no consta la afectación de intereses públicos o la intervención del citado organismo”.

La Sala de Apelación también ha rechazado la comparecencia del resto de personas que formaban parte de la lista que testigos que había solicitado Villarejo, entre ellos, el abogado José Manuel Calvente, el magistrado y antiguo instructor de esta causa Diego de Egea, el comisario José Santiago Sánchez Aparicio y los periodistas Ernesto Ekaiser y José María Olmo.

En el auto se han señalado los días 7 y 14 de mayo próximos para la deliberación de todos los recursos presentados contra la sentencia dictada por la Sección Cuarta el pasado mes de julio.

La Sala ha rechazado también la solicitud de la Fiscalía Anticorrupción de celebrar una vista para examinar dichos escritos, que basó en la complejidad de los recursos. El auto recalca que su informe es “completo, exhaustivo y suficientemente claro” e incluye todos los pronunciamientos que recurre en cada una de las tres piezas, con especial referencia al cohecho en dos de ellas.

“Este Tribunal se considera suficientemente ilustrado sin que considere necesaria la celebración de vista”, concluye.

La Audiencia Nacional condenó en julio de 2023 a Villarejo por delitos de revelación de secretos y falsedad documental y le absolvió del delito de cohecho, clave en la macrocausa, al sostener que no ejecutó los trabajos "en el ejercicio de su cargo". La causa enjuició al excomisario por los encargos privados que habría realizado siendo todavía policía a través de sus empresas.

La Sala de lo Penal le condenó en aquellas tres piezas correspondientes a los encargos Iron, Land y Pintor, pero le impuso una pena mucho menor a los 83 años de prisión solicitados por Anticorrupción.

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